Convocatoria Docente 2025 LOM 2026 en el Nivel Medio: ¿Cómo sigue todo luego de las inscripciones y el agregado de antecedentes?
Resumen
de nuestra nota (subtítulos)
1.- Introducción
2.- LOM PROVISORIA
3.- LOM DEFINITIVA
4.- Agregado Excepcional de Títulos
fuera de la Convocatoria Anual
5.- Búsqueda de vacantes en el año
2026
6.- Nuestras Redes Sociales
principales
1.- Introducción
El pasado lunes 26 de mayo de 2025 (y
luego de sucesivas prórrogas) concluyó el plazo previsto para realizar la
apertura de nuevos legajos digitales, el agregado de títulos y demás
antecedentes y la inscripción de aspirantes en asignaturas y/o cargos en la
Junta de Clasificación de Secundaria en la Provincia de Córdoba, lo cual se
conoce como Convocatoria Anual.
Si bien estas inscripciones en
asignaturas y/o cargos y, de igual manera, el agregado de antecedentes
(títulos, cursos etc.) tienen efecto e impactan en el año 2026; es decir, en
las Listas de Orden de Mérito (LOM) del 2026, en el año 2025 existen 2 momentos
importantes a tener en cuenta:
I.- La exhibición (por parte de la JUNTA)
de la LOM PROVISORIA para su
consulta, con la posibilidad de solicitud de revisión de puntaje
(reclamo).
II.- La exhibición (por parte de la JUNTA)
de la LOM DEFINITIVA para su
consulta, con la posibilidad de interponer el Recurso de Reconsideración y, en
su caso, el Recurso Jerárquico (reclamos).
2.- LOM PROVISORIA
Luego de finalizada la Convocatoria Anual de cada año, la
JUNTA de Clasificación Secundaria realiza un análisis de la documentación
subida/agregada a su sistema para validarla (o en su caso, rechazarla) como
antecedente. El vocal que valora a cada aspirante es asignado teniendo en
cuenta la escuela base que se eligió en la inscripción. Por ejemplo, un CURSO o
SEMINARIO no otorga puntaje (es decir, no se lo válida como antecedente) si no
tiene resolución de la Subdirección de Formación Permanente (2025/SDFP-00000212).
Un TÍTULO no podrá ser aceptado ni otorgará puntaje si no está legalizado, se
olvidó de añadir la hoja de legalización al PDF Títulos, falto subir una de las
caras del diploma o del analítico, el PDF es de baja calidad (ilegible).
Por otro lado, la JUNTA evalúa o analiza
las inscripciones para otorgar el puntaje que corresponde en cada asignatura o
cargo teniendo en cuenta la documentación presentada respecto a los distintos antecedentes,
el tipo de título agregado y el alcance que otorga el mismo (docente,
habilitante, supletorio o sin alcance) en relación a las materias o cargos en
los que se ha inscripto. Si nos hemos inscripto en una asignatura o cargo que
nuestro título NO nos habilita, en referencias nos aparecerá la frase: “TÍTULO
NO REGLAMENTARIO”.
En este sentido, respecto a cada
espacio curricular, materia o cargo de cada escuela se confecciona una L.O.M.
(Lista de Orden de Mérito) de acuerdo al puntaje de cada uno de los aspirantes
inscriptos en ella. Primeramente se ubican los docentes, luego los habilitantes
y por último los que tengan alcance supletorio: siempre la categoría docente
desplaza al resto, sin importar que eventualmente el aspirante docente tenga
menos puntaje que el habilitante o el supletorio (Resolución n° 793/2017).
Posteriormente, la JUNTA procede a exhibir/exponer
la LOM PROVISORIA de cada
materia, asignatura o cargo, por un tiempo determinado, para que los aspirantes
puedan consultar a través del CIDI su puntaje y posición en esa lista. Aún NO se sabe en qué fecha en que tendrá
lugar la exhibición de la LOM PROVISORIA (2026) en este año 2025.
Para tener una referencia, en 2024
ocurrió entre el 7 y 16 de octubre.
Solicitud
de Revisión de Puntaje:
“En caso de DISCONFORMIDAD con el
puntaje o alcance asignado, el aspirante podrá presentar el Formulario
correspondiente, a través de su CIDI, en la modalidad o procedimiento que se
establezca durante el período de exhibición de la L.O.M. Provisoria. Vencido el
plazo, NO SERÁN CONSIDERADOS.” (Instructivo de Convocatoria 2025/2026, pág.
23).
En el año 2024 esta Solicitud de
Revisión se tramitó desde CIDI, Junta de Clasificación Secundaria, Gestionar
Reclamos. Se debía elegir el ítem por el que se reclamaba: por ejemplo Títulos
(Art. 1 - Dto. 257/19), Antigüedad Docente (Art. 5, 6 y 7 - Dto. 257/19), etc. Es decir, se seleccionaba un artículo del
Decreto 257/19 correspondiente a un antecedente en concreto (título,
antigüedad, estudios parciales, Formación Pos-Inicial etc.), especificando
claramente que se cuestionaba y en qué normativa y documentación se respaldaba
o sustentaba. Asimismo, se podía escoger como ítem a reclamar el alcance de un formulario
deteniendo.
El escrito con la justificación era de
un tamaño que no podía exceder los 500 caracteres (incluidos los espacios), el
cual se agregaba en un recuadro en el CIDI. No se presentaba ni subía en un archivo.
3.- LOM DEFINITIVA
Una vez tramitadas o sustanciadas las disconformidades presentadas formalmente a través de la Solicitud de Revisión (y en el hipotético caso de que las hubiere), la JUNTA vuelve a exhibir/exponer la LOM (en este caso denominada DEFINITIVA) de cada espacio curricular, asignatura o cargo, para que los aspirantes pueden nuevamente consultar a través del CIDI su puntaje y posición en esa lista, por un tiempo determinado. Aún se sabe en qué fecha en que tendrá lugar la exhibición de la LOM Definitiva (2026) en el año 2025.
Para tener una
referencia, en 2024 tuvo lugar entre el 22 de noviembre y el 5 de diciembre.
La LOM DEFINITIVA, más allá de su
nombre, puede variar o modificarse; en caso de prosperar los recursos y/o
reclamos posteriores previstos y de que efectivamente estos se interpongan. NO es necesario haber reclamado en la LOM Provisoria para luego hacerlo en la Definitiva. Son independientes.
*.-
Recurso
de Reconsideración:
En caso de DISCONFORMIDAD con el puntaje, alcance de título asignado y/u orden
de mérito del interesado podrá interponer el Recurso de Reconsideración durante
el periodo de publicación de la L.O.M. Definitiva. Se presenta a través del CIDI
(TRÁMITE MULTINOTA) y puede utilizar el modelo/formulario disponible en la Página
Web de la JUNTA. No existe un límite de palabras o caracteres.
*.-
Recurso
Jerárquico: “Denegado el Recurso de Reconsideración,
o en caso de persistir la disconformidad, el interesado podrá efectuar el
Recurso Jerárquico dentro del término de diez (10) días hábiles desde la fecha
de notificación de la Resolución emanada de esta Junta de Clasificación sobre
el Recurso de Reconsideración interpuesto o en caso de no haber sido resuelto”
4.- Agregado Excepcional de Títulos fuera de la Convocatoria Anual
Como sucede desde ya hace tiempo, la
JUNTA estipula 2 momentos en los cuales se pueden agregar/subir TÍTULOS
DEFINITIVOS:
I.- En el periodo donde tiene lugar la Convocatoria Anual: la que sucedió
entre el 24/04/2025 y el 16/05/2025 (con prórroga posterior hasta el lunes 26/05/2024).
II.- En el periodo de publicación o
exhibición de la LOM Provisoria (Agregado
Excepcional de títulos definitivos): “Durante los primeros días de la publicación de la LOM Provisoria (se
informará la fecha oportunamente), los aspirantes podrán ingresar títulos de
Nivel Superior y/o Universitario, definitivos y legalizados acorde a lo
indicado. Los mismos deberán tener fecha de egreso anterior al cierre de la presente
convocatoria (16/05/2025) y emitidos con posterioridad a esa fecha. Requisito
indispensable: Tener abierto el legajo con anterioridad o durante la
presente convocatoria y estar inscripto en el Formulario C.” (Instructivo
de Convocatoria 2024/2025, pág. 21).
Importante: entendemos que si el título
universitario o terciario estaba en trámite al momento en que ocurrió la
Convocatoria Anual, se debía abrir el legajo con el de Secundario, ya que
justamente el título superior o universitario provisorio (o su constancia de
estar en trámite) no sirve a estos efectos porque no lo autoriza el instructivo
en forma expresa (como si sucedió en 2024 para los digitales de la resolución N°
440/2023); pero además en el ítem títulos, solo figuraba la opción DEFINITIVOS y de NO de EN TRÁMITE. Esta última, solo estuvo
disponible unos días y luego fue eliminada.
Por otro lado, se debía inscribir en
las materias y/o cargos "como si
estuviera presentado el título definitivo Superior o Universitario" y
teniendo en cuenta su alcance según el archivo en PDF Títulos 2026, aunque en
la realidad se presentará o agregará en el Agregado Excepcional, cuando se
publique la LOM Provisoria.
5.- Búsqueda de vacantes en el año 2026
Haberse inscripto online (a través del
CIDI, Junta de Clasificación Secundaria, etc.) en el año 2025 en como máximo en
3 escuelas y en hasta 5 materias y/o cargos en cada una de ellas es el primer
paso para acceder a cargos u horas cátedras en el año 2026.
Por otro lado, es necesario inscribirse presencialmente en los colegios donde surge una vacante concreta en 2026, las cuales se publican en el CIDI, en el servicio Junta de Clasificación Secundaria, Gestionar Vacantes, Consulta de vacantes. VER NOTA para ampliar cómo es en 2025 este procedimiento.
6.- Nuestras Redes Sociales principales
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