La Publicación de VACANTES en el año 2025 en el NIVEL MEDIO: procedimiento para participar en las convocatorias y coberturas de Horas Cátedras o Cargos
Los subtítulos de nuestra NOTA
*.- La Publicación de VACANTES en el año
2025 en el Nivel Medio/Secundario
*.-
Los tipos de CONVOCATORIAS
para cubrir VACANTES
*.-
Las 2 clases de Listas
de Orden de Mérito (LOM)
*.-
Procedimiento para
participar en las convocatorias y/o coberturas de Horas Cátedra/Cargos en 2025
*.- Donaciones para el sostenimiento del
BLOG (ALIAS: nicomattia)
*.- Nuestras redes sociales
La Publicación de VACANTES en el año 2025 en el Nivel Medio/Secundario
De acuerdo al Instructivo Administrativo 2025 (pág. 9), los Establecimientos Educativos definirán las
vacantes y podrán iniciar su publicación a
partir del día miércoles 19/02/2025 (cargando las vacantes desde el
18/02/2025), solo cuando las vacantes
sean puras, es decir, que no tengan docente interino con fecha de baja
al 28/02/2025.
En los casos en que la vacante se
genere a partir del 01/03/2025 (vacante
NO PURA, ya que existía un interino), los Establecimientos Educativos
podrán iniciar su publicación a
partir del lunes 24/02/2025 (cargando las vacantes desde el 21/02/2025),
designando los docentes a partir del día 05/03/2025.
Se debe priorizar la cobertura de
Horas cátedras por sobre cargos, a los efectos de garantizar que los estudiantes
cuenten con clases.
Los tipos de CONVOCATORIAS para cubrir VACANTES
El proceso de cobertura de vacantes se
encuentra detallado desde la página 16 del Instructivo Administrativo 2025, disponible en la sección Legislación Docente de nuestro BLOG, existiendo
4 tipos de convocatorias: primera
convocatoria para titularidades, segunda convocatoria para titularidades, convocatoria
única para suplencias y convocatoria única para interinatos. Aclaramos que la abreviación
LOM significa Lista de Orden de Mérito.
*.-
PRIMERA CONVOCATORIA PARA TITULARIDADES: solo se pueden inscribir los que
figuren en la LOM del Establecimiento Educativo. Son horas titulares para los
docentes anotados en la LOM de la materia o cargo en esa escuela. Si hay
acrecentamiento, concentración, etc., ellos tienen prioridad.
*.-
SEGUNDA CONVOCATORIA PARA TITULARIDADES: se utiliza en los casos en que NO se
logra cubrir el cargo o materia en primera convocatoria para titularidades. Pueden
participar aquellos docentes que están anotados en esa materia, cargo o
asignatura, sin necesidad de que lo estén en la escuela donde se hace la
convocatoria. Es decir, se utiliza la lista única provincial, es decir, la LOM
provincial.
*.-
CONVOCATORIA ÚNICA PARA SUPLENCIAS: pueden participar docentes inscriptos en la LOM de la
escuela y docentes inscriptos en la LOM provincial. En este caso, tienen prioridad los docentes
que trabajen o se desempeñan efectivamente en la escuela y que estén inscriptos
en la LOM de la escuela correspondiente al espacio curricular o cargo que
se publicó, luego sigue la LOM de la escuela (inscriptos allí, pero no
trabajan allí) y por último la LOM provincial: cualquier agente que esté
anotado en esa materia o cargo puede postularse.
Las 2 clases de Listas de Orden de Mérito (LOM)
*.-
La LOM de la ESCUELA, LOM INSTITUCIONAL o LOM del Establecimiento Educativo: aparecer en esta LOM implica que se
está inscripto (en 2024, por CIDI) en el colegio/escuela en el cargo o en la
materia/asignatura en la que se va a inscribir en la convocatoria a cubrir la
vacante. Ejemplo: se publica
una vacante en el Colegio J. L. de Cabrera en Sistemas de Información Contable
(código 2707) y yo estoy inscripto en esa materia, en ese colegio. Coincide el
nombre y el código (número que se identifica a la materia o cargo) de mi inscripción
en el CIDI con el de la vacante. Si estoy inscripto en Sistemas de Información
Contable I y II (código 8057), que pertenece a la modalidad Adultos (CENMA), ya
NO estaría en la LOM INSTITUCIONAL o LOM del Establecimiento Educativo del
Colegio J. L. de Cabrera.
*.-
La LOM PROVINCIAL o LISTA ÚNICA PROVINCIAL: figurar en esta LOM implica que se
está inscripto (en 2024, por CIDI) en por lo menos algún colegio en el cargo o
en la materia/asignatura en la que se va a inscribir en la convocatoria a cubrir
la vacante (aunque sea en uno distinto al que se presenta en dicha
convocatoria). Ejemplo: se
publica una vacante en el Colegio J. L. de Cabrera en Sistemas de Información
Contable y yo estoy inscripto en esa materia (con igual código), PERO NO en el
Cabrera, sino en otro colegio.
Procedimiento para participar en las convocatorias y/o coberturas de Horas Cátedra/Cargos en 2025
El ingreso a la docencia en el nivel secundario
público en la provincia de Córdoba es de “un
año para otro”. Por lo tanto, en
primer lugar, en el año 2024 deberíamos habernos inscripto online (a través
del CIDI, Junta de Clasificación Secundaria, etc.) en como máximo en 3 escuelas
y en hasta 5 materias y/o cargos en cada una de ellas.
Además, en segundo lugar, en necesario inscribirse en las
convocatorias a vacantes que se publicaran en el 2025. Estas vacantes se pueden
encontrar y/o visualizar en el CIDI: en el Servicio Junta de Clasificación
Secundaria, Gestionar Vacantes, Consulta de vacantes. Allí se ingresan algunos
datos tales como Escuela, Departamento, Localidad, Situación de Revista
(titular, suplente, interino), Tipo de Convocatoria (1° convocatoria, 2°
convocatoria, convocatoria única), Asignatura/Cargo. Muchas veces es mejor
ingresar solo algunos de estos datos o parámetros para que el sistema nos
brinde una información más amplia y general.
Por ende, no hay un ingreso automático
ni existe el llamado desde las escuelas. Es un trabajo constante de cada
aspirante/docente/agente de observar diariamente si hay vacantes en las que se
puede tener chances de quedar designado.
I.-
El primer paso
es concurrir al establecimiento educativo donde surgió la vacante que se observó
en el CIDI para inscribirse, siendo la Dirección del Establecimiento
(generalmente la secretaria) quien recepta las mismas.
De tal inscripción, el
docente/aspirante recibe una constancia sellada y firmada por la autoridad
escolar como medio probatorio. Allí, debería estar el horario y el día para
después concurrir a la escuela a notificarse sobre el puntaje y la posición
entre los aspirantes, es decir, para saber quién quedo con las horas o el
cargo. A su vez, cada inscripción de cada docente queda reflejada en la “Planilla Institucional de Inscripción”.
II.-
El segundo paso
es notificarse del puntaje (se firma), lo cual queda asentado en la “Planilla de Notificación de puntaje”.
III.-
En tercer paso, en
caso de haber quedado con la vacante, es la aceptación del cargo/horas, lo cual
se materializa con la confección del formulario de “ofrecimiento de cobertura”.
El docente deberá hacer efectiva
posesión del cargo/horas el día de cumplimiento de la primera obligación,
inmediata posterior a la aceptación del cargo/horas, y esa será la fecha de
alta en el MAB. En caso contrario, se deberá continuar con el procedimiento de
cobertura, ofreciendo la vacante al docente ubicado en el lugar inmediato
posterior de la LOM.
IV.- La inscripción, la notificación del
puntaje y el ofrecimiento de cobertura es personal o por tercera persona
debidamente autorizada (Instrumento Público, Carta poder con firma autenticada
o acta labrada ante Autoridad Administrativa); por ejemplo, Poder ante
Escribano Público, Juez de Paz, Poder con firma certificada por autoridad
Policial.
V.- El Centro Educativo debe finalizar la
Planilla Institucional de Inscripción al finalizar la convocatoria, como
así también la Planilla de Notificación de puntaje, la cual deberá
quedar cerrada en todos sus campos, luego de notificados los interesados.
VI.- Es responsabilidad de los docentes
consignar la CAUSAL del Art. 20 Decreto Ley 214 E/63 (concentraciones,
acrecentamiento de horas, traslado, etc.) en la Planilla Institucional de
Inscripción. En caso de no hacerlo, el docente no podrá hacer uso de dicha
causal.
VI.-
Importante:
las vacantes se publican por 3 (tres) días hábiles, como decíamos antes en el CIDI,
pero también se informan en el Establecimiento Educativo simultáneamente. La
publicación tiene vigencia desde el momento que aparece en el CIDI
indefectiblemente. Durante la publicación y hasta el cuarto día, en la 1ª hora
hábil del turno del Nivel en que funciona el Establecimiento Educativo, la
Dirección del Establecimiento recepta la inscripción de TODOS los aspirantes.
El establecimiento deberá informar y exhibir el horario total de inscripción,
incluyendo el que corresponda a la primera hora hábil del turno de inscripción
del cuarto día.
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