El Agregado Excepcional de Títulos por fuera de la Convocatoria Anual 2026 (LOM 2027) en el Nivel Inicial, Primario y Secundario en la Provincia de Córdoba

 El Agregado Excepcional de Títulos por fuera de la Convocatoria Anual 2026 (LOM 2027) en el Nivel Inicial, Primario y Secundario en la Provincia de Córdoba

Introducción

El agregado excepcional de títulos por fuera de convocatoria anual de cada año es una posibilidad prevista por las JUNTAS de los distintos niveles educativos de la Provincia de Córdoba para incorporar al legajo TÍTULOS DEFINITIVOS una vez vencida la fecha tope o de cierre de la Convocatoria Anual respectiva, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos.  En consecuencia, durante el año existen 2 momentos, a saber:

*.- La del Agregado de Títulos y demás Antecedentes en la Convocatoria Anual: en el Nivel Inicial y Primario ocurrió entre el 01/06/2025 al 22/06/2026, inclusive; con prórroga posterior hasta el 26/06/2026. En el Nivel Medio/Secundario entre el 27/04/2026 y el 17/05/2026; con prórroga posterior hasta el viernes 22/05/2026.

*.- La del Agregado de Títulos de forma Excepcional: como se detalla en los puntos siguientes de esta nota. Aclaramos que respecto a los demás antecedentes, es decir, aquellos que no sean títulos (por ejemplo, cursos, seminarios, postítulos, posgrados, etc.) únicamente pueden subirse a la JUNTA respectiva en la Convocatoria Anual, ya que solo tienen un momento en el año, el cual ya sucedió y quienes no pudieron hacerlo allí por olvido o porque les llego tarde el certificado, deberán esperar hasta el 2027 para agregarlos.

Agregado Excepcional en los Niveles Inicial y Primario LOM 2027

“Finalizada la convocatoria y hasta 30/09/2026 los aspirantes podrán incorporar los Títulos Docentes del Nivel definitivos, enviándolos al correo de la región correspondiente. Los mismos deberán tener fecha de egreso anterior al cierre de la presente convocatoria (22/06/2026) y emitidos con posterioridad a esa fecha.

Requisito indispensable, estar inscripto en la convocatoria y haber subido el certificado de título en trámite.” (Instructivo, pág. 3).  

JuntaIP.Region6y7@cba.gov.ar  

JuntaIP.Region1@cba.gov.ar  

JuntaIP.Region2@cba.gov.ar  

JuntaIP.Region3@cba.gov.ar  

JuntaIP.Region4@cba.gov.ar   

JuntaIP.Region5@cba.gov.ar

Agregado Excepcional en el Nivel Medio/Secundario LOM 2027

“Durante los primeros días de la publicación de la LOM Provisoria (se informará la fecha oportunamente), los aspirantes podrán ingresar títulos de Nivel Superior y/o Universitario, definitivos y legalizados acorde a lo indicado. Los mismos deberán tener fecha de egreso anterior al cierre de la presente convocatoria (17/05/2026) y emitidos con posterioridad a esa fecha. Requisito indispensable: Tener abierto el legajo con anterioridad o durante la presente convocatoria y estar inscripto en el Formulario C.”  (Instructivo, pág. 12).

Desde nuestro punto de vista, si el título universitario o terciario estaba en trámite al momento en que ocurrió la Convocatoria Anual, se debía abrir el legajo con el de Secundario, ya que justamente el título superior o universitario provisorio (o su constancia de estar en trámite) no servía a estos efectos porque no lo autorizaba el instructivo en forma expresa; pero además en el ítem títulos del sistema de la JUNTA, solo figuraba la opción DEFINITIVOS y de NO de EN TRÁMITE.

Por otro lado, se debía inscribir en las materias y/o cargos "como si estuviera presentado el título definitivo Superior o Universitario" y teniendo en cuenta su alcance según el archivo en PDF Títulos 2027, aunque en la realidad se presentará o agregará en el Agregado Excepcional, cuando se publique la LOM Provisoria.

Si bien en la LOM Provisoria 2027 no quedara valorado este título (porque lógicamente no estará subido aún), si sucederá en la LOM Definitiva 2027, luego de ser agregado en el período excepcional, que aún no sabemos exactamente cuándo será. En la LOM Definitiva 2027 debería aparecer valorado en términos de alcances y/o puntajes si todo está bien, ya que estos títulos les corresponde estar legalizados, sus caras o PDF deben ser legibles, realizar la inscripción según su alcance y no en otras materias fuera de la incumbencia, etc. En consecuencia, la frase presente en la LOM Provisoria “título no reglamentario”, debería desaparecer con la publicación de la LOM Definitiva.

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