Convocatoria a las instituciones educativas de todos los niveles para la presentación de PROYECTOS ESCOLARES DE INNOVACIÓN EDUCATIVA

 Convocatoria a las instituciones educativas de todos los niveles para la presentación de PROYECTOS ESCOLARES DE INNOVACIÓN EDUCATIVA

Introducción

A través de la Resolución N° 436/2024 del Ministerio de Educación de la Provincia de la Córdoba se aprobó en el marco del Programa Provincial TransFORMAR@ Cba: Renovación curricular y didáctica, la Convocatoria a las instituciones educativas de todos los niveles y modalidades, para la presentación de PROYECTOS ESCOLARES DE INNOVACIÓN EDUCATIVA (PIE).

Estos proyectos deben responder a desafíos pedagógicos situados con propuestas novedosas y originales para la institución, que garanticen aprendizajes significativos para todos los estudiantes.

Asimismo, se dispuso que aquellos profesionales cuyos proyectos, por su carácter innovador, resulten aprobados y efectivamente se pongan en práctica, reciban una certificación con puntaje docente.   

Participantes

Los equipos institucionales podrán estar conformados por docentes de sala/grado/curso y otros actores que se desempeñan en instituciones de nivel lnicial, Primario, Secundario, Superior y Modalidades, del sistema educativo provincial de gestión estatal y privada.

Cada equipo deberá estar integrado como mínimo por 2 docentes de la institución, uno de los cuales deberá ser titular o interino (quedan exceptuadas de esta condición las instituciones de personal único). Cada docente podrá participar en más de un proyecto, pero sólo accederá a una certificación.

Caracterización de los Proyectos Escolares de Innovación Educativa

1.- debe ser una propuesta diferente y novedosa para la institución, que garantice mejores procesos y resultados más equitativos. Supone estrategias de resolución diferentes a las utilizadas hasta ese momento (quizás no inéditas en el sistema, sino originales en su apropiación institucional).

2.- Centrar la mirada en la pertinencia y relevancia pedagógica del proyecto. Es decir, el proyecto debe destacarse por su capacidad de mejorar las prácticas de enseñanza para alcanzar más y mejores aprendizajes en los diversos campos/espacios curriculares, focalizando los logros en el desarrollo de las capacidades fundamentales.

3.- En lo posible, la mejora que opere debe poder institucionalizarse. Es decir, instalar condiciones que permitan su sostenibilidad en el tiempo y su apertura hacia desarrollos futuros.

Condiciones mínimas para su aprobación

1.- Abordar alguna de las opciones previstas para el nivel /modalidad educativa correspondiente, atendiendo además a problemática/s concreta/s en el marco del PLAN EDUCATIVO INSTITUCIONAL (PEI).

2.- Ser producciones propias, creaciones auténticas que revelen la identidad que caracteriza a la institución participante.

3.- Potenciar el desarrollo de las capacidades fundamentales y fomentar procesos disruptivos mediante el uso innovador de las tecnologías en el ámbito educativo. Debiendo estar presentes y de manera explícita, el desarrollo de: oralidad, lectura y escritura y/o el abordaje y resolución de situaciones problemáticas.

4.- Tener una duración mínima de 4 meses no pudiendo exceder el ciclo escolar, a los fines de garantizar un tiempo adecuado para su implementación y evaluación. Esto supone la definición precisa de objetivos, así como la identificación de indicadores claros que faciliten la valoración de avances en esos tiempos.

5.- Contemplar el uso de otros espacios, optimización de los tiempos y temáticas priorizadas en esta Convocatoria, considerando que se podrán presentar hasta 4 por escuelas urbanas y hasta 2 proyectos innovadores por escuelas rurales (en el caso de personal único, un proyecto).

La aprobación de los proyectos estará a cargo del Equipo de Acompañamiento, conformado por supervisores y técnicos/as del sistema educativo provincial. Los resultados de la Convocatoria serán inapelables.

Certificación

Los docentes que participen y cumplan con lo establecido en la Convocatoria 2025 recibirán la certificación de 50 hs reloj. Ningún docente podrá recibir más de una certificación.

Cronograma, formularios de inscripción y temáticas priorizadas por nivel

Estas cuestiones se encuentran detalladas en el anexo I de la Resolución  436/2024, cuyo link compartimos a continuación:

http://boletinoficial.cba.gov.ar/wp-content/4p96humuzp/2024/12/71331.pdf

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