Convocatoria a las instituciones educativas de todos los niveles para la presentación de PROYECTOS ESCOLARES DE INNOVACIÓN EDUCATIVA
Introducción
A través de la Resolución N° 436/2024
del Ministerio de Educación de la Provincia de la Córdoba se aprobó en el marco
del Programa Provincial TransFORMAR@ Cba: Renovación curricular y
didáctica, la Convocatoria a las instituciones educativas de todos los
niveles y modalidades, para la presentación de PROYECTOS ESCOLARES DE INNOVACIÓN
EDUCATIVA (PIE).
Estos proyectos deben responder a
desafíos pedagógicos situados con propuestas novedosas y originales para la
institución, que garanticen aprendizajes significativos para todos los
estudiantes.
Asimismo, se dispuso que aquellos profesionales
cuyos proyectos, por su carácter innovador, resulten aprobados y efectivamente
se pongan en práctica, reciban una certificación con puntaje docente.
Participantes
Los equipos institucionales podrán
estar conformados por docentes de sala/grado/curso y otros actores que se desempeñan
en instituciones de nivel lnicial, Primario, Secundario, Superior y Modalidades,
del sistema educativo provincial de gestión estatal y privada.
Cada equipo deberá estar integrado
como mínimo por 2 docentes de la institución, uno de los cuales deberá ser
titular o interino (quedan exceptuadas de esta condición las instituciones de
personal único). Cada docente podrá participar en más de un proyecto, pero sólo
accederá a una certificación.
Caracterización de los Proyectos Escolares de Innovación Educativa
1.- debe ser una propuesta diferente y
novedosa para la institución, que garantice mejores procesos y resultados más
equitativos. Supone estrategias de resolución diferentes a las utilizadas hasta
ese momento (quizás no inéditas en el sistema, sino originales en su apropiación
institucional).
2.- Centrar la mirada en la pertinencia y
relevancia pedagógica del proyecto. Es decir, el proyecto debe destacarse por
su capacidad de mejorar las prácticas de enseñanza para alcanzar más y mejores
aprendizajes en los diversos campos/espacios curriculares, focalizando los
logros en el desarrollo de las capacidades fundamentales.
3.- En lo posible, la mejora que opere
debe poder institucionalizarse. Es decir, instalar condiciones que permitan su
sostenibilidad en el tiempo y su apertura hacia desarrollos futuros.
Condiciones mínimas para su aprobación
1.- Abordar alguna de las opciones previstas
para el nivel /modalidad educativa correspondiente, atendiendo además a
problemática/s concreta/s en el marco del PLAN EDUCATIVO INSTITUCIONAL (PEI).
2.- Ser producciones propias, creaciones
auténticas que revelen la identidad que caracteriza a la institución
participante.
3.- Potenciar el desarrollo de las capacidades
fundamentales y fomentar procesos disruptivos mediante el uso innovador de las tecnologías
en el ámbito educativo. Debiendo estar presentes y de manera explícita, el desarrollo
de: oralidad, lectura y escritura y/o el abordaje y resolución de situaciones
problemáticas.
4.- Tener una duración mínima de 4 meses
no pudiendo exceder el ciclo escolar, a los fines de garantizar un tiempo adecuado
para su implementación y evaluación. Esto supone la definición precisa de
objetivos, así como la identificación de indicadores claros que faciliten la
valoración de avances en esos tiempos.
5.- Contemplar el uso de otros espacios, optimización
de los tiempos y temáticas priorizadas en esta Convocatoria, considerando que
se podrán presentar hasta 4 por escuelas urbanas y hasta 2 proyectos innovadores
por escuelas rurales (en el caso de personal único, un proyecto).
La aprobación de los proyectos estará
a cargo del Equipo de Acompañamiento, conformado por supervisores y técnicos/as
del sistema educativo provincial. Los resultados de la Convocatoria serán
inapelables.
Certificación
Los docentes que participen y cumplan
con lo establecido en la Convocatoria 2025 recibirán la certificación de 50 hs
reloj. Ningún docente podrá recibir más de una certificación.
Cronograma, formularios de inscripción y temáticas priorizadas por nivel
Estas cuestiones se encuentran detalladas
en el anexo I de la Resolución 436/2024,
cuyo link compartimos a continuación:
http://boletinoficial.cba.gov.ar/wp-content/4p96humuzp/2024/12/71331.pdf
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