Apertura del LEGAJO Digital 2025: este año tampoco será necesario el pago de una Tasa Retributiva
Introducción
Para el ingreso al Docencia en el
Nivel Medio en la Provincia de Córdoba, es decir, para poder postularse en cargos
u horas cátedras, el aspirante debe abrir previamente y por única vez un LEGAJO
Digital.
Para esta apertura SOLO es necesario
agregar uno o más títulos reglamentarios (docente, profesional, técnico, etc.)
y que estos sean validados posteriormente por la Junta de Clasificación
Secundaria; es decir, que sean aprobados o admitidos por este organismo. Por
ejemplo, si se agrega un título sin las legalizaciones correspondientes, o si solo se "sube" unas de sus caras (frente/dorso) o las mismas no son legibles, la JUNTA no lo
puede validar y en consecuencia no queda abierto el Legajo. Al mismo tiempo, este antecedente no
otorga puntaje docente.
Entonces, al agregar o subir un título
que luego fue valorado correctamente por la JUNTA, implica que ya se tiene el LEGAJO
abierto, sin que sea necesario ningún otro trámite.
Hasta el año 2023 la apertura del LEGAJO
tenía otro requisito: el pago una tasa retributiva de servicios
(Instructivo de Convocatoria 2023, pág. 12). Sin embargo, en el año 2023 la tasa no fue
prevista por error en la Ley Impositiva Anual de la Provincia de Córdoba, por
lo tanto, al no figurar en el buscador de tasas, la junta finalmente la dejo de
lado, eliminándola tácitamente como requisito.
En el año 2022, el valor de esta tasa retributiva
fue de $ 40 y se denominaba: “Por
inscripción en Juntas de Clasificación para abrir legajos de nuevos
postulantes” (Art. 102, inciso 2, Ley Impositiva Anual n° 10790).
En 2025 tampoco será necesario pagar una tasa retributiva para la apertura del LEGAJO
Al igual a lo que sucedió en el año
2024, para 2025 la Ley Impositiva Anual n ° 11016 (recientemente sancionada
por la Legislatura y publicada en el Boletín oficial con fecha 23/12/2024) no
tiene un apartado del Ministerio de Educación con el ítem (TASA) vinculado a la
apertura de legajos. Por lo tanto, no será necesario pagar una tasa retributiva
para la apertura del LEGAJO.
Número de legajo
Te recordamos que desde que las
convocatorias virtuales, no se otorgan más números de legajos (los que se
suplantan por el número de CUIL o DNI del agente/aspirante). Tampoco se otorga
número de registro de títulos.
¿Cómo fue todo el procedimiento en el año 2024?
Puedes leer las siguientes dos notas
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