A través de la Resolución N° 1597/2022, se dispuso la continuidad de los docentes con situación de REVISTA INTERINA en cargos u horas cátedras

Introducción

A través de la Ley 10.729 la Legislatura de la Provincia de Córdoba, hacia finales del año 2020, modifico el articulo N° 143 ESTATUTO DOCENTE (Decreto-Ley N° 214/E/63), estableciendo que se considera TITULAR, por oposición a SUPLENTE y a INTERINO, al docente que poseyendo título docente haya obtenido su cátedra o cargo por concurso.

A su vez, el artículo 3 de esta Ley 10.729 determina que “(…) aquellos que no acrediten la mencionada titulación o el trayecto pedagógico, dispondrán de un plazo máximo de cuatro (4) años desde la sanción de la presente Ley para cumplimentar con este requisito, conservando durante ese lapso su situación de revista de carácter interino Así, quienes a diciembre del 2020 no poseían título docente o trayecto pedagógico, tenían tiempo para obtenerlo hasta finales del 2024.

Por otro lado, el instructivo administrativo 2021/2022, en sintonia con lo anterior, nos dice respecto la  a la cobertura de horas cátedras y/o cargos que "(...) en virtud de lo dispuesto por Ley Nª 10729, sólo podrá designarse en carácter titular a aquellos agentes que posean título docente. Quienes no cumplan con dicho requisito deberán ser designados con carácter interino

Resolución N° 1597/2022

El 19 de diciembre pasado el Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba, emitió la Resolución N° 1597, por la cual, de algún modo, se vuelve hacer una nueva excepción, en relación a aquellos docentes interinos que posean una titulación que carezca de alcance docente, y fuera de carácter habilitante de nivel superior, ya que se abre un nuevo periodo de 4 años para cumplimentar con el requisito de título docente, para interinos que ingresaron a la labor docente durante el año 2022. 

De acuerdo a los CONSIDERANDO (es decir, a la justificación) de la resolución, las razones de esta medida son de carácter institucional y pedagógicas, y a los fines de favorecer el desarrollo de los procesos de enseñanza/aprendizaje, como así también posibilitar la continuidad laboral de los docentes interinos.

Continuidad laboral

Se establece la continuidad de los docentes con situación de revista Interina en cargos u horas cátedras que hubieren ingresado desde el inicio del ciclo lectivo 2022, es decir, desde el 2 de marzo de 2022, y hasta  el 5 de diciembre de 2022, por el termino de cuatro (4) años desde la fecha de alta de su designación, para que cumplimenten con el requisito de formación docente para dar alcance docente a sus títulos de nivel superior con carácter habilitante y en consecuencia alcanzar con ello la titularidad.

Las asignaturas y/o cargos de estos docentes interinos NO serán publicadas como vacantes 

Las asignaturas y/o cargos docentes no directivos ni jerárquicos que fueren detentados por los docentes beneficiarios de esta medida NO serán incorporadas en las publicaciones de vacantes anuales durante el período que dure la cobertura establecida (cuatro años desde su designación).

Asimismo, se aclara que esta disposición, No es de aplicación en  las asignaturas y cargos docentes no directivos ni jerárquicos que fueren designadas por aplicación de los artículos 43 y 44 del Decreto Ley N° 214/E/63 (Estatuto Docente), como así también las que correspondieren a ofertas educativas a término.     

VER Resolución N° 1597/2022

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Comentarios

  1. Es para secundaria o también para primaria?

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  2. Hola! tengo dos consultas que no sé en qué otro lado sacarme.
    En primer lugar: tenés idea si las diplomaturas de Aula Abierta dan puntaje en la provincia de Cba?
    Por otro lado: soy profe hace poco y estoy cubriendo una suplencia larga. En la fecha de fin de novedad dice junio 2023. Eso significa que mis horas suplentes NO se caen en febrero sino en junio, no es cierto? de ser así, qué sucede en junio? muchas gracias

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    Respuestas
    1. Hola, como diplomatura (8 puntos en media) NO dan puntaje, no sabría decirte si como curso (en este caso, deberían tener resolución de la Red Provincial)
      NOTA ¿Existen Diplomaturas para Nivel Medio que otorgan Puntaje Docente en la Provincia de Córdoba? ¿Qué requisitos deberían cumplir?: https://docentescba.blogspot.com/2022/04/existen-diplomaturas-para-nivel-medio.html

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  3. Mil gracias. Y con respecto a lo otro? de la fecha de fin de novedad...

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  4. Hola! Se sabe cómo se va a llevar a la práctica esto? Ya que por lo que leo yo tendría continuidad, pero no sé si me van a generar otro mab por 4 años, o como sería? Y en el caso de que obtenga el título docente este año (finalizo el trayecto) cómo debería proceder para titularizar?

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    Respuestas
    1. Hola, no hay por el momento información de cómo se implementará, salo lo que dice el Instructivo 2023 (pág. 7) que responde a tu primera pregunta, pero no aclara de cuánto tiempo será el MAB

      “En virtud de la Res. Min. N° 1597/22, se dispone la continuidad de los docentes con situación de revista interina en cargos/horas cátedras que hubieren ingresado desde el 2de marzo al 5 de diciembre de 2022, por el término de 4 (cuatro) años desde la fecha de alta de su designación, para que cumplimenten con el requisito de trayecto pedagógico para dar alcance docente a sus títulos. DICHA CONTINUIDAD SE EFECTUARÁ A TRAVÉS DEL MAB A TAL EFECTO. Quedan exceptuados de la presente prescripción las asignaturas y cargos docentes no directivos ni jerárquicos que fueron designados, durante el lapso de tiempo mencionado, por aplicación de los artículos 43 y 44 del Decreto 214/E/63, que indefectiblemente caen al 28 de febrero de 2023”

      INSTRUCTIVO ADMINISTRATIVO 2023,
      https://drive.google.com/file/d/1bQzOR2I846uwXARG4WvIQ12wnlHQjWWS/view

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    2. Muchas gracias por la respuestas

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    3. Muchas gracias por su respuesta

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  5. Hola, tengo un cargo de Mep y estoy haciendo el profesorado para mep, el tema es que voy a obtener el titulo en agosto del 2026, y mi cargo interino finaliza el 28 de febrero de 2026 presente la siguiente nota al colegio: De mi mayor consideración:

    En relación con mi situación de revista como docente interino en esta institución, me dirijo a ustedes a fin de reiterar lo expresado en mi nota anterior, haciendo énfasis en un punto central:

    Según consta en mi constancia de servicios, el cargo correspondiente al Rol N.º 12, designado como MAESTRO ENS. PRACTIC 1 Interino, tiene como fecha de inicio el 01/03/2023. Este es el cargo alcanzado por lo dispuesto en la Resolución Ministerial N.º 1597/2022 y su modificatoria N.º 124/2023, que establece un plazo de cuatro años desde el alta para la regularización mediante formación docente.

    Por lo tanto, la fecha de finalización prevista debería ser marzo de 2027, y no febrero de 2026, como figura actualmente en el sistema. Las funciones previas que desempeñé en esta institución correspondían a otro rol administrativo/docente, claramente diferenciado en la constancia oficial.

    Solicito respetuosamente la rectificación administrativa para reflejar adecuadamente mi situación conforme a lo estipulado por la normativa vigente.

    Quedo a disposición para ampliar o adjuntar la documentación que se requiera.

    Atentamente, [Tu nombre completo] DNI: [Tu número de documento] Cargo: 13485 – Maestro de Enseñanza Práctica 1 (Interino) Tel.: [opcional] Correo electrónico: [opcional]

    y esto me respondieron:
    Villa Dolores, 30 de junio de 2025

    Prof.

    S D

    Por medio de la presente, informamos que la Dirección del IPET N.° 260 "Industrial Ernesto Armando Martínez" ha realizado el día de la fecha una revisión detallada del caso en cuestión.

    Se realizó la consulta correspondiente con la superioridad y, tras observar los movimientos en el MAB y la Constancia de Servicio, se ha verificado que el alta como Maestro de Enseñanza Práctica fue otorgada desde el 28/02/2022 hasta el 28/02/2023, con una continuidad posterior desde el 01/03/2023 hasta el 28/03/2026. Este período implica que se encuentra en el cargo por un lapso de cuatro años ininterrumpidos.

    Asimismo, se observa que ha recibido el beneficio de la Resolución 159/2022, la cual fue sancionada con posterioridad a la toma del cargo

    Si considera que existe algún error en la información proporcionada, le solicitamos que realice su descarga correspondiente a la brevedad.

    Por otra parte, saludos cordiales.

    PROF. 

    ResponderBorrar
  6. Yo entiendo que al tener dos roles en la constancia cada uno con su fecha de alta se deberia contar la designacion del segundo cargo en marzo de 2023 y contar a partir de ahi los cuatro años hasta febrero de 2027

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