Caducidad del Puntaje Docente en el Nivel Secundario: ¿Qué antecedentes vencen y en qué plazo?

Introducción

En la Provincia de Córdoba, como en otras tantas jurisdicciones de país, el acceso a docencia para la cobertura de suplencias, interinatos y titularidades de asignaturas y cargos se efectúa, en general, teniendo en cuenta el puntaje que posee cada aspirante a partir de sus títulos y demás antecedentes (cursos, posgrados, actualizaciones, diplomaturas, etc.). Así, respecto cada espacio curricular o cargo se efectúa una Lista de Orden de Mérito (LOM) teniendo en cuenta el puntaje de cada docente aspirante y, además, diferenciando las titulaciones con 3 tipos de alcances: Docentes, Habilitantes y Supletorios. Por ejemplo, en la asignatura Sistema de Información Contable, el título de Contador Público es Habilitante; en cambio, el de Profesor en Ciencias Económicas es Docente.

La Resolución N° 793/2017 de la Dirección General de Educación Secundaria establece que a fines de cubrir una vacante de cargo o asignatura de debe comenzar con los aspirantes que tengan título Docente. Una vez agotados estos, se continúa con los agentes que posean alcance Habilitante y, por último, los que poseen alcance Supletorio. En cada uno de estos 3  grupos, el ordenamiento es desde aquel aspirante con mayor puntaje al de menor puntaje. Asimismo, el titulo Docente prevalece en todos los casos sobre el Habilitante (y el Supletorio) aunque el aspirante con título Habilitante (o Supletorio) ostente un  puntaje mayor.

Puntaje Docente: títulos y otros antecedentes que no caducan

La normativa que regula el Puntaje Docente fue modificada en marzo del año 2019 con la sanción del Decreto N° 257/19 por parte del Poder Ejecutivo de la Provincia de Córdoba, comenzando a regir desde de la convocatoria anual 2019 y para la LOM del posterior año (2020). Siguiendo este Decreto, los antecedentes más importantes y su puntaje son los siguientes:

* Título clasificado cono Docente: 60 puntos.

* Títulos clasificados como Habilitantes de Nivel Superior: 40 puntos.

* Títulos clasificados como Supletorios de Nivel Superior: 25 puntos.

* Acumulación de Títulos: hasta 2 títulos con una carga horaria mínima de 1.100 horas. 20 puntos para primera acumulación y 15 puntos en la segunda.

* Especializaciones: 4 puntos.

* Maestrías: 6 puntos.

* Doctorados: 8 puntos.

* Actualización Académica con un mínimo de 200 horas: 4 puntos.

* Especialización Superior con un mínimo de 400 horas: 6 puntos.

* Diplomatura Superior con un mínimo de 600 horas: 8 puntos.

El puntaje que otorgan estos antecedentes no tiene vencimiento o caducidad. Va subsistir durante toda la trayectoria del docente o aspirante a la docencia.

Puntaje Docente: su caducidad en algunos antecedentes

Por otro lado (de acuerdo al artículo 25 del Decreto N° 257/19 antes mencionado), existen antecedentes cuyos puntajes  caducan (vencen) a los 10 años a contar desde el cierre de la Convocatoria Anual que se clasifique y teniendo en consideración la fecha de finalización que se consigna en la certificación. Dejan de figurar en las LOM. Son los correspondientes a los artículos 10, 11, 13, 14, 15, 16, 17, 18 y 19 del Decreto 257/19:  

* Art. 10 Cursos, Seminarios, Jornadas: 0,017 por hora reloj (Ejemplo: 60 horas otorgan 1,02 puntos).

* Art. 11 Dictado de Cursos, Seminarios, Jornadas y Pos-titulaciones: 0,020 de puntos por hora reloj dictado.

* Art. 13 Antecedentes Meritorios: VER NOTA 

* Art. 14 Jefe de Departamento de Materias Afines: 2 puntos por año o ciclo lectivo completo.

* Art. 15 Miembro del Consejo Escolar de Convivencia: 2 puntos por año o ciclo lectivo completo.

* Art. 16 Profesor Tutor de Pasantías: 2 puntos  año o ciclo lectivo completo de ejercicio.

* Art. 17 Salidas Educativas: 1 punto por salida y si es acompañante con 0,50 de punto por salida.

* Art. 18 Premios: primer y segundo premio se otorgará un 1 punto y 0,50 de punto por cada uno, respectivamente.   

* Art. 19 Docente Orientador: de  10 a 20 horas, 0,50 de punto; y de más de 20 horas 1 punto.

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