Convocatoria Docente 2026 LOM 2027 en el Nivel Medio: ¿Cómo sigue todo luego de las inscripciones y el agregado de antecedentes?
Resumen de nuestra nota (subtítulos)
1.- Introducción
2.- LOM PROVISORIA
3.- LOM DEFINITIVA
4.- Agregado Excepcional de Títulos fuera de la
Convocatoria Anual
5.- Búsqueda de vacantes en el año 2027
6.- Nuestras Redes Sociales principales
1.- Introducción
El
viernes 22 de mayo de 2026 (y luego de una prórroga) finalizo el plazo previsto
para realizar la apertura de nuevos legajos digitales, el agregado de títulos y
demás antecedentes y la inscripción de los aspirantes en asignaturas y/o cargos
en la Junta de Clasificación de Secundaria en la Provincia de Córdoba, lo cual
se conoce como CONVOCATORIA ANUAL
(2026, LOM 2027).
Si
bien estas inscripciones en asignaturas y/o cargos y, de igual manera, el
agregado de antecedentes (títulos, cursos etc.) tienen efecto e impactan en el
año 2027; es decir, en las Listas de Orden de Mérito (LOM) del 2027, en el año
2026 existen 2 momentos importantes a tener en cuenta:
I.- La exhibición (por parte de la JUNTA) de la LOM PROVISORIA para su consulta, con la
posibilidad de solicitud de revisión de puntaje (reclamo).
II.- La exhibición (por parte de la JUNTA) de la LOM DEFINITIVA para su consulta, con la
posibilidad de interponer el Recurso de Reconsideración y, en su caso, el
Recurso Jerárquico (reclamos).
2.- LOM PROVISORIA
Luego
de finalizada la Convocatoria Anual de cada año, la JUNTA de Clasificación Secundaria realiza un análisis de la
documentación subida o agregada a su sistema para validarla (o en su caso,
rechazarla) como antecedente. El vocal que valora a cada aspirante es asignado
teniendo en cuenta la escuela base que se eligió en la inscripción. Así, por
ejemplo, un CURSO o SEMINARIO no otorga puntaje (es decir,
no sé lo válida como antecedente) si no tiene resolución de la Subdirección de
Formación Permanente (2026/SDFP-00000425). Un TÍTULO no podrá ser aceptado ni otorgará puntaje si no está
legalizado, si se olvidó de añadir la hoja de legalización al PDF Títulos,
falto subir una de las caras del diploma o del analítico, el PDF es de baja
calidad (ilegible), etc.
Por
otro lado, la JUNTA evalúa o analiza
las inscripciones para otorgar el puntaje que corresponde en cada asignatura o
cargo teniendo en cuenta la documentación presentada respecto a los distintos
antecedentes, el tipo de título agregado y el alcance que otorga el mismo
(docente, habilitante, supletorio o sin alcance) en relación a las materias o
cargos en los que se ha inscripto. Si nos hemos inscripto en una asignatura o
cargo que nuestro título NO nos habilita, en referencias nos aparecerá la
frase: “TÍTULO NO REGLAMENTARIO”.
En
este sentido, respecto a cada espacio curricular, materia o cargo de cada
escuela se confecciona una L.O.M.
(Lista de Orden de Mérito) de acuerdo al puntaje de cada uno de los aspirantes
inscriptos en ella. Primeramente se ubican los docentes, luego los habilitantes
y por último los que tengan alcance supletorio: siempre la categoría docente
desplaza al resto, sin importar que eventualmente el aspirante docente tenga
menos puntaje que el habilitante o el supletorio (Resolución n° 793/2017).
Posteriormente,
la JUNTA procede a exhibir/exponer la LOM
PROVISORIA de cada materia, asignatura o cargo, por un tiempo determinado,
para que los aspirantes puedan consultar a través del CIDI su puntaje y
posición en esa lista. Aún NO se sabe en
qué fecha en que tendrá lugar la exhibición de la LOM PROVISORIA (2027) en este
año 2026.
Para
tener una referencia, en 2025 ocurrió entre el 1 y 10 de octubre.
SOLICITUD DE REVISIÓN DE PUNTAJE: “En caso de DISCONFORMIDAD con el puntaje o
alcance asignado, el aspirante podrá presentar el Formulario correspondiente, a
través de su CIDI, en la modalidad o procedimiento que se establezca durante el
período de exhibición de la L.O.M. Provisoria” (Instructivo de Convocatoria
2026, Anexo I, pág. 14).
En el
año 2025 esta Solicitud de Revisión se tramitó desde CIDI, Junta de
Clasificación Secundaria, Gestionar Reclamos. Se debía elegir el ítem por el
que se reclamaba: por ejemplo Títulos (Art. 1 - Dto. 257/19), Antigüedad
Docente (Art. 5, 6 y 7 - Dto. 257/19), etc.
Es decir, se seleccionaba un artículo del Decreto 257/19 correspondiente
a un antecedente en concreto (título, antigüedad, estudios parciales, Formación
Pos-Inicial etc.), especificando claramente que se cuestionaba y en qué
normativa y documentación se respaldaba o sustentaba. Asimismo, se podía
escoger como ítem a reclamar el alcance de un formulario deteniendo.
El
escrito con la justificación era de un tamaño que no podía exceder los 500
caracteres (incluidos los espacios), el cual se agregaba en un recuadro en el
CIDI. No se presentaba ni subía en un archivo.
3.- LOM DEFINITIVA
Una
vez tramitadas o sustanciadas las disconformidades presentadas formalmente a
través de la Solicitud de Revisión (y en el hipotético caso de que las
hubiere), la JUNTA vuelve a exhibir/exponer
la LOM (en este caso denominada DEFINITIVA) de cada espacio curricular,
asignatura o cargo, para que los aspirantes pueden nuevamente consultar a
través del CIDI su puntaje y posición en esa lista, por un tiempo determinado.
Aún se sabe en qué fecha en que tendrá lugar la exhibición de la LOM Definitiva
(2027) en el año 2026.
Para
tener una referencia, en 2025 tuvo lugar entre el 29 de octubre y hasta el 11
de noviembre inclusive.
La LOM DEFINITIVA, más allá de su nombre,
puede variar o modificarse, en el caso de prosperar los recursos y/o reclamos
posteriores previstos y de que efectivamente estos se interpongan. NO es
necesario haber reclamado en la LOM Provisoria para luego hacerlo en la
Definitiva. Son independientes.
*.- Recurso de Reconsideración: En
caso de DISCONFORMIDAD con el puntaje, alcance de título asignado y/u orden de
mérito, el interesado podrá interponer el Recurso de Reconsideración durante el
periodo de publicación de la L.O.M. Definitiva. Se presenta a través del CIDI
(TRÁMITE MULTINOTA) y puede utilizar el modelo disponible en la Página Web de
la JUNTA. No existe un límite de palabras o caracteres.
*.- Recurso Jerárquico:
“Denegado el Recurso de Reconsideración, o en
caso de persistir la disconformidad, el interesado podrá efectuar el Recurso
Jerárquico dentro del término de diez (10) días hábiles desde la fecha de
notificación de la Resolución emanada de esta Junta de Clasificación sobre el
Recurso de Reconsideración interpuesto o en caso de no haber sido resuelto.” (Instructivo
de Convocatoria 2026, Anexo I, pág. 14).
4.- Agregado Excepcional de Títulos fuera
de la Convocatoria Anual
Como
sucede desde ya hace tiempo, la JUNTA estipula 2 momentos en los cuales se
pueden agregar/subir TÍTULOS DEFINITIVOS:
I.- En el periodo donde tiene lugar la Convocatoria Anual: la que sucedió
entre el 27/04/2026 y el 17/05/2026 (con prórroga posterior hasta el viernes
22/05/2026).
II.- En el periodo de publicación o exhibición de
la LOM Provisoria (Agregado Excepcional
de títulos definitivos): “Durante
los primeros días de la publicación de la LOM Provisoria (se informará la fecha
oportunamente), los aspirantes podrán ingresar títulos de Nivel Superior y/o
Universitario, definitivos y legalizados acorde a lo indicado. Los mismos
deberán tener fecha de egreso anterior al cierre de la presente convocatoria
(17/05/2026) y emitidos con posterioridad a esa fecha. Requisito indispensable: Tener abierto el legajo con anterioridad
o durante la presente convocatoria y estar inscripto en el Formulario C.”
(Instructivo
de Convocatoria 2026, Anexo I, pág. 12).
IMPORTANTE: entendemos que si el título universitario o terciario
estaba en trámite al momento en que ocurrió la Convocatoria Anual, se debía
abrir el legajo con el de Secundario, ya que justamente el título superior o
universitario provisorio (o su constancia de estar en trámite) no servía a estos
efectos porque no lo autorizaba el instructivo en forma expresa; pero además en
el ítem títulos del sistema de la JUNTA, solo figuraba la opción DEFINITIVOS y
de NO de EN TRÁMITE.
Por
otro lado, se debía inscribir en las materias y/o cargos "como si estuviera presentado el título definitivo Superior o
Universitario" y teniendo en cuenta su alcance según el archivo en PDF
Títulos 2027, aunque en la realidad se presentará o agregará en el Agregado
Excepcional, cuando se publique la LOM Provisoria.
5.- Búsqueda de vacantes en el año 2027
Haberse
inscripto online (a través del CIDI, Junta de Clasificación Secundaria, etc.)
en el año 2026 en como máximo en 3 escuelas y en hasta 5 materias y/o cargos en
cada una de ellas es el primer paso para acceder a cargos u horas cátedras en
el año 2027.
Por otro lado, es necesario inscribirse presencialmente en los colegios donde surge una vacante concreta en 2027, las cuales se publican en el CIDI, en el servicio Junta de Clasificación Secundaria, Gestionar Vacantes, Consulta de vacantes. VER NOTA para ampliar cómo es en 2026 este procedimiento.
6.- Nuestras Redes Sociales principales
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