Las diferencias entre LEGALIZACIÓN, REGISTRACIÓN y REGLAMENTACIÓN de títulos para el ejercicio de la Docencia de Nivel Medio en la Pcia. De Córdoba
Legalización de títulos
De acuerdo al art. 10 del Estatuto Docente de Nivel Medio para ingresar a la docencia, los aspirantes deben reunir una
serie de condiciones concurrentes, entre ellas, la de “Poseer el título docente o habilitante o supletorio (…)”; lo cuales,
a los efectos de que puedan se registrados en la JUNTA de Clasificación Secundaria,
deben estar legalizados.
La legalización de un título es un
acto administrativo mediante el cual una autoridad competente según tipo de título
del que se trate (Ministerio de Educación de Córdoba, Ministerio del Interior de la Nación,
Gestión Universitaria, Secretaría de Políticas Universitarias, etc.) acredita
la autenticidad del mismo, atribuyéndole efectos legales. En decir, además de
los sellos y/o firmas de las instituciones educativas que los emiten, existe la
participación de otra autoridad independiente.
Los títulos secundarios y terciarios emitidos en la provincia de
Córdoba así como los emitidos en otras jurisdicciones provinciales que se van a
ingresar o subir en la JUNTA de esta provincia,
deben estar legalizados por el Ministerio de Educación de Córdoba (Rosario De
Santa Fe 650, P.B., Edificio Bajo, B° Centro, Córdoba Capital). En esta repartición,
se sella y firma el título en la parte posterior del mismo con la frase siguiente:
“Conforme a lo dispuesto por Ley 8.127,
queda completado con la presente certificación el trámite de legalización en la
provincia de córdoba”
Los títulos universitarios no se legalizan en la provincia de Córdoba (ni en ninguna otra) porque no tiene potestad para ello. Desde hace varios años el trámite de legalización lo realiza la Dirección Nacional de Gestión Universitaria y/o Secretaría de Políticas Universitarias de la Nación. Si por la fecha o algún otro motivo no estuvieran legalizados, se procede así:
*.-
Los títulos
universitarios anteriores al año 2012,
se legalizan en el Ministerio del Interior de la Nación.
*.- Los títulos universitarios emitidos a partir del 2012 NO se legalizan en el Ministerio del Interior. En estos casos, el trámite NO es personal y se encarga de gestionar la facultad que expide el título. Es decir, debe remitirse a la Universidad/facultad emisora del título, la cual lo remitirá a la Dirección Nacional de Gestión Universitaria.
Registración de títulos
El registro del título es un acto
administrativo por el cual la JUNTA verifica y controla su legalidad para
ejercer la docencia. Hasta el año 2019 se realizaba manera presencial,
entre el primer día hábil de la segunda
quincena del mes de febrero y el último día hábil del mes de noviembre de cada
año, en la calle salta N° 74, en donde se encuentra la JUNTA de Clasificación
Secundaria. En el dorso del título se le colocaba un sello, el número de registro,
la fecha y la firma de un vocal de la JUNTA, como se observa en la imagen
siguiente:
A partir del año 2020, la registración se efectúa de modo
virtual y casi automática, al momento de subir el dorso y el frente el
analítico y título. Ya no existe un número de registro como antes, tal como
indica el instructivo de inscripción 2023/2024 en la página n° 12.
Reglamentación de títulos
La reglamentación (o también
denominada homologación) de un título de Nivel Superior es una solicitud que se
presenta ante el Ministerio de Educación (más precisamente, en la Unidad
Provincial de Certificación y Alcance de Títulos) en los casos en el dicho título
NO posea un alcance específico en la Provincia de Córdoba para el acceso
al ejercicio docente o, teniendo alcance, se busca la reconsideración,
rectificación y/o ampliación del mismo.
En este sentido, un título se considera
reglamentado cuando su nombre exacto figura o se lo puede encontrar en el
archivo en formato PDF sobre alcances denominado “Títulos 2024” con los
detalles de la institución otorgante, el plan de estudios y la normativa (resolución)
que reglamenta en particular el título.
Importante: ¿qué sucede si nuestro título no aparece
en el archivo Títulos 2024 (u otro posterior) porque no tiene una
reglamentación específica? ¿Cómo sabemos en qué materias o cargos se puede
ejercer? En este caso, se puede determinar el alcance del mismo en función del
alcance otorgado a otro título con igual denominación ya reglamentado.
Si sos de la provincia de Córdoba y
estas dando tus primeros pasos en la Docencia podes formar parte de nuestro
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Docentes y Profesores de Nivel Medio de Córdoba”
Buen día.
ResponderBorrarSe puede optar cargos docente .
Mi titulo terciario es.
Técnico Superior en Economía Social y Desarrollo Local.