Convocatoria Docente 2023: ¿Qué es lo viene luego de la exhibición de la LOM Provisoria?
Introducción
El
21 de Octubre pasado venció el plazo de 10 días establecido por la JUNTA de
Clasificación Secundaria de Córdoba destinado a consultar la L.O.M. Provisoria
2023, agregar de títulos definitivos con
fecha de egreso anterior al 26 de mayo de 2022 y, eventualmente, realizar
reclamos a través de la solicitud de revisión de puntaje y/o antecedentes.
Como
detallamos más abajo, el procedimiento respeto a la Convocatoria 2023, continúa
de la siguiente manera:
1.- Tramitación de las solicitudes de
Revisión de Puntaje
2.- Exhibición y Consulta L.O.M.
Definitiva 2023
3.- Eventual interposición del Recurso de
Reconsideración
En
relación al agregado de títulos, hemos visto muchos casos en donde en
mayo de este año se subió una constancia de título u analítico en trámite y en
este último periodo de exhibición de la LOM Provisoria, el título definitivo.
Sin embargo, el instructivo de inscripción 2022/2023 en ningún momento decía
que debía subirse el título en trámite. Ese procedimiento SI fue aplicado por
la JUNTA en 2021 (se agregaba el título provisorio en la convocatoria y luego
se enviaba por mail el definitivo antes del 30/09/2021); de allí la confusión. Lo concreto es que
estos docentes o aspirantes figuran con Título No Reglamentario en los espacios
curriculares inscriptos; situación que debería corregirse con la exhibición de
la LOM Definitiva 2023.
Tramitación de las solicitudes de Revisión de Puntaje
En
aquellos casos en que haya existido una disconformidad y se reclamó, la JUNTA
tramita y/o sustancia esas solicitudes, en donde puede mantener su posición o
modificarla. Lo hace el mismo vocal que valoro en una primera instancia. ¿Cómo se
notifica el resultado del reclamo? Se puede ver con la publicación de la LOM
Definitiva, ingresado con a través del CIDI, en gestión de reclamos.
Quien
no reclamo mantendrá en la LOM definitiva el puntaje que le fue asignado en la LOM
Provisoria. En general, la JUNTA no modifica el puntaje de Oficio, sino a
pedido de parte. Si puede cambiarlo (subiendo o bajándolo) de un año para otro,
aunque no agreguemos nada, porque valora otro/a vocal con otro criterio, cambia
el alcance del título, vencen o caducan antecedentes, etc.
Exhibición y Consulta L.O.M. Definitiva 2023
La fecha de exposición de la LOM Definitiva todavía no fue establecida, seguramente será en diciembre. En este periodo, la JUNTA vuelve a exhibir la LOM de cada materia, en donde los Docentes y/o aspirantes pueden nuevamente consultar a través del CIDI su puntaje y posición en esa lista, por un tiempo determinado. Desde lo fáctico, esta LOM no es definitiva en un sentido estricto porque es susceptible de ser modificada en caso de prosperar los Recursos o reclamos posteriores previstos.
Eventual interposición del Recurso de Reconsideración
En
caso de disconformidad con el puntaje, el alcance de título asignado, etc. el
docente o aspirante puede interponer el Recurso de Reconsideración (art. 81, Ley de Procedimiento
Administrativo n° 5.350), hasta 10 días hábiles de vencido el plazo de
publicación de la LOM. Definitiva. Deberá presentarse por el CIDI. Vencido dicho plazo, o ingresado por
un medio diferente al indicado oportunamente NO se considera el Recurso, es
decir, se lo tiene por no presentado.
Este
recurso lo resuelve la propia JUNTA, porque es de quien emano el acto o
decisión administrativa que se reclama. La particularidad es que participan 3
vocales (tribunal) y no 1 solo como en el de revisión. En el proceso pueden
llamarte por teléfono. Y la notificación de la resolución se hace a través del CIDI,
ya que obligatoriamente constituimos nuestro domicilio electrónico con el
Usuario CIDI. El seguimiento del trámite se realiza ingresando un número de 12 dígitos
(sticker), por ejemplo, 012345678901:
https://consultasuac.cba.gov.ar/
¿Cómo
se interpuso en 2021? No fue condición necesaria haber reclamado antes por medio de la solicitud de revisión.
Para llevar a cabo el Reclamo, se debía bajar un MODELO DE RECURSO en
formato Word que nos proporcionaba la JUNTA en su Sitio Web y se completaba con
los datos personales y de contacto solicitados. Lo más importante es el
apartado destinado detallar las razones del reclamo, el cual no tenía límites
de caracteres o palabras. A continuación, se imprimía el archivo del recurso,
se lo firmaba, digitalizaba a PDF y se lo subía a través del CIDI, en una link específico, también informado en el Sitio Web de la JUNTA (VER NOTA).
Cabe
recordar que este mismo recurso se utiliza para efectuar un reclamo si se
producen irregularidades en la cobertura de Horas Cátedra y Cargos Docentes:
tal como indica el instructivo administrativo todos los años: “(…) dentro de los 5 días hábiles de la
notificación del puntaje se interpone un Recurso de Reconsideración.” Para
ampliar puedes leer la siguiente Nota: Cómo reclamar las IRREGULARIDADES en la cobertura de Horas Cátedra y Cargos Docentes en el Nivel Medio en la Pcia. De Córdoba
Por
último, compartimos un ejemplo de una resolución del 2021 de un Recurso de
Reconsideración en donde no se otorga la bonificación del puntaje por acumulación
de títulos.
Sin embargo, en 2022, este mismo docente, figura con acumulación, siendo un claro ejemplo de las incongruencias y discrecionalidades de la JUNTA o de sus vocales.
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