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Mostrando las entradas de septiembre, 2024

Se estableció que para los docentes de educación media, especial y superior que se desempeñen EXCLUSIVAMENTE en horas cátedra, el límite máximo será de hasta 36 horas semanales

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  Introducción El primer párrafo del artículo 86 del ESTATUTO Y ESCALAFÓN DE LA DOCENCIA MEDIA, ESPECIAL Y SUPERIOR de la Provincia de Córdoba ( Decreto Ley 214/E/63 ) establece que el máximo de horas cátedra que podrá desempeñar un docente (sin perjuicio de otras restricciones del desempeño de otras actividades) es de treinta 30 horas semanales . No obstante, el segundo párrafo de este artículo autoriza al Poder Ejecutivo Provincial a que por vía reglamentaria (es decir, por un Decreto) y con la participación de la entidad sindical más representativa, a que dicho máximo puede ser elevado a 36 horas semanales . En este sentido, a través del Decreto 389/11 (modificado por el 862/15 ) se facultó/autorizó al Ministerio de Educación de la provincia de Córdoba a asignar (exclusivamente para el dictado de horas cátedra) 6 horas más por sobre el Régimen de Incompatibilidades vigente, elevando a 36 horas cátedras semanales el máximo que podrá desempeñar cada docente, en los siguientes c

LOM PROVISORIA: los motivos principales por los cuales la JUNTA puede rechazar antecedentes o dar puntajes y/o alcances distintos a los previstos

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  Exhibición/exposición de la LOM PROVISORIA Próximamente, la JUNTA de Clasificación Secundaria de la Provincia de Córdoba va a exhibir  las Listas de Orden de Mérito Provisorias, es decir, la L.O.M PROVISORIA de cada asignatura o cargo, por un tiempo determinado, para que los docentes y/o aspirantes inscriptos este año en la convocatoria 2024/2025 puedan consultar a través del CIDI su puntaje y posición en esas listas (de aplicación en el año 2025); y, puedan, asimismo y eventualmente en caso de corresponder, realizar los reclamos pertinentes. Al momento de esta nota aún no fue informada la fecha concreta en que tal exhibición de la L.O.M PROVISORIA tendrá lugar o se llevara a cabo. Para tener cono referencia, en el año 2023 ocurrió entre el 25/10/2023 y el 03/11/2023 (con prórroga posterior hasta el 7/11/2023). La L.O.M PROVISORIA que se confecciona para cada espacio curricular, materia o cargo de cada escuela es producto del puntaje que nos otorgan los antecedentes prese

Se estableció el texto que se utilizara en la ceremonia escolar de la “Promesa de Lealtad a la Bandera de la Provincia de Córdoba”

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  Introducción A través de la Ley Provincial 10843 se instituyó la ceremonia escolar de “Promesa de Lealtad a la Bandera de la Provincia de Córdoba”, por la cual los alumnos/as que cursan el cuarto año de la Educación General Obligatoria, deben realizar el día 18 de septiembre o el día hábil siguiente de cada año, dicha ceremonia. Recientemente , el 28 de agosto de 2024, se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 325, emitida por el Ministerio de Educación, en donde se determina la formalidad de la ceremonia de promesa a la bandera autorizando el texto que será utilizado. El texto que será utilizado en la ceremonia escolar de la “Promesa de Lealtad a la Bandera de la Provincia de Córdoba” Conforme al ANEXO I, del artículo 2 ° de la resolución anterior, el texto a utilizar es el siguiente: “Esta es la bandera de la Provincia de Córdoba, creada en conmemoración del Bicentenario de la Revolución de Mayo, en homenaje a nuestro héroe nacional, primer Gobernador Constitucional