Se dispuso que las instituciones educativas de la Modalidad Especial y Hospitalaria deban elaborar Acuerdos Escolares de Convivencia

 _Se dispuso que las instituciones educativas de la Modalidad Especial y Hospitalaria deban elaborar Acuerdos Escolares de Convivencia

Los Acuerdos Escolares de Convivencia

La Resolución Ministerial N° 149/10 del año 2010 estableció que cada uno de los Centros Educativos de Nivel Secundario, dependientes de las Direcciones Generales de Educación Media, de Educación Técnica y Formación Profesional y de Institutos Privados de Enseñanza, como así también de la Dirección de Jóvenes y Adultos, elaboren Acuerdos Escolares de Convivencia en base al Plan de Trabajo incorporado en la mencionada Resolución.

Por otro lado, la Resolución Ministerial N° 558/15 se aprobó los documentos relativos a las pautas y criterios para la elaboración de los Acuerdos Escolares de Convivencia en el Nivel Inicial y Primario en el ámbito provincial. 

Sin embargo, las escuelas de la Modalidad Especial, como las de Modalidad Domiciliaria y Hospitalaria, que funcionan tanto en el Nivel Primario y Secundario NO se encuentran contempladas en las Resoluciones Ministeriales Nros. 149/10 y 558/15 antes mencionadas.

Los Acuerdos Escolares de Convivencia en instituciones educativas de la Modalidad Especial y Hospitalaria

Mediante la Resolución N° 326/2024 del Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba, publicada el miércoles 28 de agosto de 2024, se resolvió ampliar las Resoluciones Ministeriales Nros. 149/10 y 558/15, disponiendo que cada una de las instituciones educativas de (gestión estatal y privada), dependientes de la Dirección General de Educación Especial y Hospitalaria y de la Dirección General de Institutos Privados de Enseñanza, elaboren los Acuerdos Escolares de Convivencia en base al Plan de Trabajo y conforme a las sugerencias que se incorporan como Anexo a las mencionadas Resoluciones.

Asimismo, la normativa expresa que estos Acuerdos Escolares de Convivencia serán evaluados en forma integral por la Dirección General de Bienestar Educativo, Programa de Convivencia Escolar (Capital), Equipo Profesional de Acompañamiento Educativo (EPAE, Interior), Supervisores y Áreas Legales de este Ministerio y aprobados por Resolución de la Dirección de Nivel correspondiente.

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