Valoración y Acreditación del Puntaje Docente por PROMEDIO General en el Nivel Medio de Córdoba
Valoración del Puntaje por PROMEDIO
En promedio general obtenido en el título
por el cursado de una carrera de nivel universitaria
o terciaria, oficialmente reconocida, es un antecedente que otorga puntuación siempre
que este promedio no sea inferior a ocho (8). De acuerdo al artículo 26,
del Decreto 257/19, se valora de la siguiente manera:
a).- Promedio igual a diez (10): cuatro
puntos.
b).- Promedio igualo superior a nueve (9):
tres puntos.
c).- Promedio igualo superior a ocho (8):
dos puntos.
El TOPE DEL ÍTEM es de cuatro
puntos. Por ejemplo, si es Profesor en Ciencias Jurídicas, y a la vez abogado, en
ambos casos con un promedio de 9, en este caso se aplica el tope de 4 puntos.
Acreditación del Puntaje por PROMEDIO
Cuando se agrega o se sube un título en
el aplicativo de la Junta de Clasificación Secundaria, uno de los requisitos obligatorios
a ingresar en el apartado TÍTULOS es el promedio general, por lo cual no existe
un ítem específico para este antecedente. Los vocales, en teoría, controlan que
el dato ingresado sea igual al que figura en el certificado analítico, otorgando
el puntaje si correspondiere.
Por otro lado, en el sistema de la
JUNTA actual es imposible controlar que se haya concedido dicho puntaje porque
no está discriminado en ninguna parte. Corresponde a cada aspirante/docente hacerlo
cuando se publican las LOM Provisoria y Definitiva, haciendo cálculos según los
antecedentes subidos. Por ejemplo, si he agregado el título docente con un promedio
de 9, el puntaje en el FORMULARIO C - PUNTAJE DE INSCRIPCIÓN en materias o cargos con alcance docente debería ser de 63 puntos:
*.- 60
puntos por el título docente.
*.- 3
puntos por el promedio.
Si el Puntaje Docente por PROMEDIO no hubiese sido asignado (es muy raro que eso suceda) se puede reclamar con el Recurso de Revisión, en el momento en que se da a conocer la LOM Provisoria.
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