Aspectos básicos a tener en cuenta para ejercer la Docencia de Nivel Medio en la Provincia de Córdoba
I.- Introducción
El
ejercicio de la Docencia en el Nivel Medio (o secundario) en la Provincia de
Córdoba implica la realización de una serie de trámites previos. Además, es
necesario conocer algunas normativas e instructivos que son indispensables para
comprender como funciona el sistema.
Hasta
el año 2019, la apertura de legajo, el registro de títulos y el agregado de antecedentes se hizo de
manera presencial, en la calle Salta 74 (Barrio Centro de la Ciudad de
Córdoba), donde funciona la Junta de Clasificación Secundaria. En el año 2021, estos trámites se hicieron
totalmente en forma virtual a través del CIDI (Ciudadano Digital). En el caso
de inscripciones de aspirantes a cargos y asignaturas, desde hace tiempo
se realiza online, también por el CIDI.
En
general, la realización de los trámites antes mencionados tiene efecto al año
siguiente, es decir, por ejemplo, ahora en 2022 se realizará la inscripción a
cargos y asignaturas para el periodo 2023. Dicho de otro modo, quien NO abrió
legajo, agregó antecedente y realizó las inscripciones pertinentes en 2021, no
podrá aspirar a cargos en este año 2022.
Recordemos,
sobre todo para aspirantes que vienen de otras provincias, que al CIDI se
ingresa con CUIL y Contraseña. Para ello es necesario registrarse o loguearse
suministrando una serie de datos personales, de contacto, etc.
II.- Legalizados en el Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba
La
legalización de Certificado de estudios terciarios (educación superior no
universitaria) es necesaria en los casos en que un aspirante deba presentar su
certificado fuera de la jurisdicción educativa en donde se emitió. Entonces,
para un Certificado de estudios terciarios no emitido en Córdoba, pero que se lo
quiere agregar como antecedente o registrar en Córdoba, es necesario
legalizarlo en el Ministerio de Educación de esta provincia. Si el título terciario
fue emitido antes del 1° de enero del 2010, es necesario que se legalice en el
Ministerio del Interior de la Nación.
Para
la legalización en el Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba se
debe sacar un turno previo a través del turnero provincial del CIDI,
concurriendo con la documentación que el sistema solicita para ese trámite.
III.- Apertura de legajo y Registro de título
Suponiendo
que en el año 2022 todo sigue siendo de manera virtual, lo primero que se debe
realizar es la apertura del legajo que se efectúa a través de la plataforma
Ciudadano Digital (CIDI): Junta de Clasificación Secundaria, Gestionar
Antecedentes, Registro de Antecedentes.
Para
la apertura del legajo (que se identifica con un número único por aspirante) es
necesario contar con título de nivel superior y/o universitario. En el año 2021
NO se aceptaron aperturas con títulos secundarios.
Por
otro lado, se debe pagar una Tasa Retributiva de Servicios de 40 pesos según
Ley Impositiva anual vigente para el año 2022 (Art. 102, inc. 2). Luego se
carga (se sube) el comprobante a través del CIDI.
Para
títulos universitarios es necesario subir o cargar el Diploma y Analítico
tanto del anverso (frente) como del reverso (dorso): son 4 PDF en total que esten correctamente legibles. Para títulos de nivel superior se
solicita el certificado analítico legalizado del frente y dorso: 2 pdf en
total.
IV.- Agregado de antecedentes
El
Agregado de Antecedentes se realiza a través del CIDI: Junta de Clasificación
Secundaria, Gestionar Antecedentes, Registro de Antecedentes
Se
denomina antecedentes a todo aquello capaz de dar puntaje docente: títulos, posgrados,
cursos, seminarios, postítulos, diplomaturas, actualizaciones académicas, etc.
El puntaje docente está regulado por un Decreto del año 2019, el Decreto
257/2019, el cual se encuentra en la sección normativas de este Blog. Allí se
puede observar que puntaje tiene cada antecedente, cual es el tope general y
por artículo (por antecedente), que antecedentes caducan a los 10 años y cuáles
no (VER NOTA), requisitos para la acumulación de títulos, etc.
Los
antecedentes más importantes y su puntaje son los siguientes:
* Título clasificado cono Docente:
60 puntos.
* Títulos clasificados como
Habilitantes de Nivel Superior: 40 puntos.
* Títulos clasificados como
Supletorios de Nivel Superior: 25 puntos.
* Acumulación de Títulos: hasta 2 títulos con una carga
horaria mínima de 1.100 horas. 20 puntos para primera acumulación y 15 puntos
en la segunda.
* Especializaciones: 4 puntos.
* Maestrías: 6 puntos.
* Doctorados: 8 puntos.
* Actualización Académica con un
mínimo de 200 horas: 4 puntos.
* Especialización Superior con un
mínimo de 400 horas: 6 puntos.
* Diplomatura Superior con un mínimo
de 600 horas: 8 puntos.
* Cursos, seminarios, etc.: se
debe multiplicar la carga horaria del curso o seminario por 0.017.
V.- Inscripciones de aspirantes a cargos y/o asignaturas
Las
inscripciones se realizan online, a través del CIDI, tal como también se viene
haciendo todo lo anterior: de debe ingresar al CIDI, Junta de Clasificación
Secundaria, Inscripciones Junta de Clasificación Secundaria. Se debe llenar el
Formulario C:
* Formulario C: aspirantes a horas cátedras en
asignaturas y cargos de base; cargos jerárquicos NO directivos.
* Formulario D: aspirantes a cargos Directivos.
* Formulario I: aspirantes a cargo Inspector.
* Formulario T: aspirantes a traslados
(jurisdiccionales).
* Formulario PIT: aspirantes a Programa de Inclusión y
Terminalidad.
Se
elige una escuela base (para reclamos presenciales en caso de ser necesario,
entre otras cosas) y luego se opta por 3 escuelas y hasta 5 asignaturas o
cargos en cada una de estas últimas. La escuela base puede ser distinta a estas
3 o no, generalmente se repite.
Cada
título (docente, profesional, técnico, etc.) habilita respecto determinadas
materias o asignaturas y de 3 maneras diferentes: como DOCENTE, HABILITANTE DE
NIVEL SUPERIOR, SUPLETORIO DE NIVEL SUPERIOR. Por ejemplo, en Sistemas de
Información Contable el Profesor en Ciencias Económicas está habilitado con el
alcance de Docente; el Contador, en cambio, como habilitante. Respecto de cada
materia se hace una LOM (Lista de Orden de Mérito) de acuerdo al puntaje de
cada uno de los inscriptos. En primer lugar se ubican los docentes y, luego,
los habilitantes, etc. aunque estos últimos posean más puntaje que aquellos: en
todos los casos la categoría docente desplaza
al resto, sin importar que eventualmente el aspirante docente tenga menos
puntaje que el habilitante o el supletorio.
Importante. En la página web de la Junta todos
los años se publican distintos PDF y Excel referidos al alcance de los títulos,
el padrón de escuelas, el padrón de asignaturas y cargos según la especialidad u
orientación de la escuela (turismo, economía, etc.) y la modalidad educativa
(adultos, rural, etc.).
En el PDF de alcance de títulos figuran los títulos universitarios y terciarios con las materias que se pueden impartir según dicha formación clasificadas de acuerdo a los 3 alcances antes mencionados (docente, habilitante de nivel superior, supletorio de nivel superior). Cada materia tiene un código numérico único. Entonces, lo primero es ver nuestro título en ese PDF y que materias nos habilita a impartir, su alcance y su código, el cual nos sirve para inscribirnos.
Por
otro lado, es importante observar los códigos de los colegios en los cuales se
quiere o desea inscribir. Las escuelas tienen distintas orientaciones y existen
los CENMAS (escuelas de adultos) con códigos diferentes en las materias o
asignaturas.
VI.- Búsqueda de vacantes
Las
vacantes (titularidades, suplencias e interinatos) se buscan en el CIDI, Junta
de Clasificación Secundaria, gestionar vacantes, consulta de vacantes. Se debe
ingresar al menos 2 parámetros para obtener resultados, tal como muestra la
foto siguiente:
Observada
una vacante que nos interesa, debemos concurrir al establecimiento educativo a
inscribirnos: “Durante la publicación y
hasta el cuarto día, en la 1ª hora hábil del turno del Nivel en que funciona el
Establecimiento Educativo, la Dirección del Establecimiento recepta la inscripción de TODOS los
aspirantes” Luego, debemos concurrir en la fecha en que se nos indique para
que se nos notifique del puntaje y saber quien se quedara con el cargo o espacio curricular.
VII.- Ejemplo de convocatoria única para suplencias según Instructivo 2021/2022
VIII.- Cursos con Puntaje
Los
cursos con puntaje son aquellos que tienen resolución por parte de la Red Provincial
de Formación Docente Continua de la Provincia de Córdoba. Los cursos del INFoD
(Instituto Nacional de Formación Docente) que se imparten a través de la
plataforma Juana Manso, algunos si otorgan puntaje, cuando son tutorizado y con
carga horaria de entre 40 y 60 horas reloj (los autoasistidos NO dan puntaje).
Por último, los Seminarios del ISEP (Intitulo Superior de Estudios Pedagógicos)
si otorgan puntaje.
Como
dijéramos antes, el puntaje surge de multiplicar la carga horaria del curso o
seminario por 0.017. Dos seminarios, por ejemplo, de 50 horas cada uno dan un
puntaje de 1.7 (100 horas por 0.017). Esto esta normado en el artículo 10
Decreto 257/2019.
IX.- Fechas para la apertura de legajo, agregado de antecedentes e inscripciones de aspirantes a cargos y asignaturas
Al
momento de esta nota (enero de 2022) aún no se sabe la modalidad ni la fecha
concreta o exacta para la apertura de legajos, el agregado de antecedentes o
para llevar a cabo las inscripciones de aspirantes a cargos y asignaturas en
2022 (con efecto en 2023) Creemos que
se repetirá el sistema virtual un online del año 2021:
1.- En el año 2021, dichos trámites
se pudieron realizar entre el 28/07/2021 y el 18/08/2021, inclusive, con una prórroga posterior de algunos días, más precisamente, hasta el 22 de agosto.
2.- En años anteriores al 2021
(que fue manera presencial, salvo las inscripciones, que desde hace mucho son
de manera virtuales) el registro del título se podía hacer entre el
primer día hábil de la segunda quincena del mes de febrero y el último día
hábil del mes de noviembre de cada año, en la calle salta Nro. 74 (Junta de
Clasificación). En ese momento y bajo ese sistema presencial era importante para
que el titulo figure el año siguiente al del registro, que se registrara en el
periodo para la apertura de legajos y agregados de antecedentes (de febrero a
abril generalmente). Así, en un mismo día se registraba el título en una
oficina y realizo la apertura de legajo en otra oficina. En el año 2019, las inscripciones
fueron desde el 4 al 26 de abril, inclusive.
X.- Link de Paginas
Junta de Clasificación Secundaria de Córdoba
Sección Normativas del Blog del Docente
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Me queda la duda de las diferencias entre 1º convocatoria, 2º convocatoria y convocatoria única. En cuáles me puedo anotar como suplente si quedé fuera de las LOM de mis 3 instituciones y las 15 materias? Gracias!
ResponderBorrarHola Juan, fíjate en el Instructivo administrativo, desde la página 6, está en legislación de este BLOG. En primera y segunda convocatoria no te podes presentar como suplente porque es para titularidades.
Borrar1.- PRIMERA CONVOCATORIA PARA TITULARIDADES (se pueden inscribir solo los que figuren en la L.O.M. del Establecimiento Educativo): son horas titulares para los docentes anotados en la LOM de la materia o cargo en esa escuela. Si hay acrecentamiento, concentración, etc., ellos tienen prioridad.
2.- SEGUNDA CONVOCATORIA PARA TITULARIDADES (se utiliza lista única provincial, es decir la LOM provincial): cuando no se logra cubrir el cargo o materia en primera convocatoria para titularidades, y es para aquellos docentes que están anotados en esa materia, sin necesidad que estén anotados en la escuela donde se hace la convocatoria.
3.- CONVOCATORIA ÚNICA PARA INTERINATOS (Docentes inscriptos en la L.O.M. de la escuela Y Docentes inscriptos en la L.O.M. provincial). Idem que el punto 4.
4.- CONVOCATORIA ÚNICA PARA SUPLENCIAS (Docentes inscriptos en la L.O.M. de la escuela y Docentes inscriptos en la L.O.M. provincial). En este caso, tiene prioridad el docente que trabaje en la escuela y que esté inscripto en la L.O.M. de la escuela correspondiente al espacio curricular o cargo que se publicó, luego sigue la LOM de la escuela (inscripto allí, pero no trabajan allí) y después LOM provincial. Cualquier agente que esté anotado en esa materia o cargo puede postularse.
Figurar en la LOM Provincial implica que estas inscripto por lo menos en algún colegio en la materia en la que te vas a inscribiera en la convocatoria (aunque sea en uno distinto al que te presentas en dicha convocatoria).