Aspectos básicos a tener en cuenta para ejercer la Docencia de Nivel Medio en la Provincia de Córdoba

I.- Introducción

El ejercicio de la Docencia en el Nivel Medio (o secundario) en la Provincia de Córdoba implica la realización de una serie de trámites previos. Además, es necesario conocer algunas normativas e instructivos que son indispensables para comprender como funciona el sistema.

Hasta el año 2019, la apertura de legajo, el registro de títulos y  el agregado de antecedentes se hizo de manera presencial, en la calle Salta 74 (Barrio Centro de la Ciudad de Córdoba), donde funciona la Junta de Clasificación Secundaria.  En el año 2021, estos trámites se hicieron totalmente en forma virtual a través del CIDI (Ciudadano Digital). En el caso de inscripciones de aspirantes a cargos y asignaturas, desde hace tiempo se realiza online, también por el CIDI.

En general, la realización de los trámites antes mencionados tiene efecto al año siguiente, es decir, por ejemplo, ahora en 2022 se realizará la inscripción a cargos y asignaturas para el periodo 2023. Dicho de otro modo, quien NO abrió legajo, agregó antecedente y realizó las inscripciones pertinentes en 2021, no podrá aspirar a cargos en este año 2022.

Recordemos, sobre todo para aspirantes que vienen de otras provincias, que al CIDI se ingresa con  CUIL y Contraseña. Para ello es necesario registrarse o loguearse suministrando una serie de datos personales, de contacto, etc.   

II.- Legalizados en el Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba

La legalización de Certificado de estudios terciarios (educación superior no universitaria) es necesaria en los casos en que un aspirante deba presentar su certificado fuera de la jurisdicción educativa en donde se emitió. Entonces, para un Certificado de estudios terciarios no emitido en Córdoba, pero que se lo quiere agregar como antecedente o registrar en Córdoba, es necesario legalizarlo en el Ministerio de Educación de esta provincia. Si el título terciario fue emitido antes del 1° de enero del 2010, es necesario que se legalice en el Ministerio del Interior de la Nación.

Para la legalización en el Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba se debe sacar un turno previo a través del turnero provincial del CIDI, concurriendo con la documentación que el sistema solicita para ese trámite.

III.- Apertura de legajo y Registro de título

Suponiendo que en el año 2022 todo sigue siendo de manera virtual, lo primero que se debe realizar es la apertura del legajo que se efectúa a través de la plataforma Ciudadano Digital (CIDI): Junta de Clasificación Secundaria, Gestionar Antecedentes, Registro de Antecedentes.

Para la apertura del legajo (que se identifica con un número único por aspirante) es necesario contar con título de nivel superior y/o universitario. En el año 2021 NO se aceptaron aperturas con títulos secundarios.

Docentes de Córdoba

Por otro lado, se debe pagar una Tasa Retributiva de Servicios de 40 pesos según Ley Impositiva anual vigente para el año 2022 (Art. 102, inc. 2). Luego se carga (se sube) el comprobante a través del CIDI.  

Docentes de Córdoba

Para títulos universitarios es necesario subir o cargar el Diploma y Analítico tanto del anverso (frente) como del reverso (dorso): son 4 PDF en total que esten correctamente legibles. Para títulos de nivel superior se solicita el certificado analítico legalizado del frente y dorso: 2 pdf en total.

IV.- Agregado de antecedentes

El Agregado de Antecedentes se realiza a través del CIDI: Junta de Clasificación Secundaria, Gestionar Antecedentes, Registro de Antecedentes

Se denomina antecedentes a todo aquello capaz de dar puntaje docente: títulos, posgrados, cursos, seminarios, postítulos, diplomaturas, actualizaciones académicas, etc. El puntaje docente está regulado por un Decreto del año 2019, el Decreto 257/2019, el cual se encuentra en la sección normativas de este Blog. Allí se puede observar que puntaje tiene cada antecedente, cual es el tope general y por artículo (por antecedente), que antecedentes caducan a los 10 años y cuáles no (VER NOTA), requisitos para la acumulación de títulos, etc.

Los antecedentes más importantes y su puntaje son los siguientes:

* Título clasificado cono Docente: 60 puntos.

* Títulos clasificados como Habilitantes de Nivel Superior: 40 puntos.

* Títulos clasificados como Supletorios de Nivel Superior: 25 puntos.

* Acumulación de Títulos: hasta 2 títulos con una carga horaria mínima de 1.100 horas. 20 puntos para primera acumulación y 15 puntos en la segunda.

* Especializaciones: 4 puntos.

* Maestrías: 6 puntos.

* Doctorados: 8 puntos.

* Actualización Académica con un mínimo de 200 horas: 4 puntos.

* Especialización Superior con un mínimo de 400 horas: 6 puntos.

* Diplomatura Superior con un mínimo de 600 horas: 8 puntos.

* Cursos, seminarios, etc.: se debe multiplicar la carga horaria del curso o seminario por 0.017.

V.- Inscripciones de aspirantes a cargos y/o asignaturas

Las inscripciones se realizan online, a través del CIDI, tal como también se viene haciendo todo lo anterior: de debe ingresar al CIDI, Junta de Clasificación Secundaria, Inscripciones Junta de Clasificación Secundaria. Se debe llenar el Formulario C:

* Formulario C: aspirantes a horas cátedras en asignaturas y cargos de base; cargos jerárquicos NO directivos.

* Formulario D: aspirantes a cargos Directivos.

* Formulario I: aspirantes a cargo Inspector.

* Formulario T: aspirantes a traslados (jurisdiccionales).

* Formulario PIT: aspirantes a Programa de Inclusión y Terminalidad.

Se elige una escuela base (para reclamos presenciales en caso de ser necesario, entre otras cosas) y luego se opta por 3 escuelas y hasta 5 asignaturas o cargos en cada una de estas últimas. La escuela base puede ser distinta a estas 3 o no, generalmente se repite.

Cada título (docente, profesional, técnico, etc.) habilita respecto determinadas materias o asignaturas y de 3 maneras diferentes: como DOCENTE, HABILITANTE DE NIVEL SUPERIOR, SUPLETORIO DE NIVEL SUPERIOR. Por ejemplo, en Sistemas de Información Contable el Profesor en Ciencias Económicas está habilitado con el alcance de Docente; el Contador, en cambio, como habilitante. Respecto de cada materia se hace una LOM (Lista de Orden de Mérito) de acuerdo al puntaje de cada uno de los inscriptos. En primer lugar se ubican los docentes y, luego, los habilitantes, etc. aunque estos últimos posean más puntaje que aquellos: en todos los casos la categoría docente desplaza al resto, sin importar que eventualmente el aspirante docente tenga menos puntaje que el habilitante o el supletorio.

Importante. En la página web de la Junta todos los años se publican distintos PDF y Excel referidos al alcance de los títulos, el padrón de escuelas, el padrón de asignaturas y cargos según la especialidad u orientación de la escuela (turismo, economía, etc.) y la modalidad educativa (adultos, rural, etc.). 

En el PDF de alcance de títulos figuran los títulos universitarios y terciarios con las materias que se pueden impartir según dicha formación clasificadas de acuerdo a los 3 alcances antes mencionados (docente, habilitante de nivel superior, supletorio de nivel superior). Cada materia tiene un código numérico único. Entonces, lo primero es ver nuestro título en ese PDF y que materias nos habilita a impartir, su alcance y su código, el cual nos sirve para inscribirnos.

Docentes Provincia de Córdoba

Por otro lado, es importante observar los códigos de los colegios en los cuales se quiere o desea inscribir. Las escuelas tienen distintas orientaciones y existen los CENMAS (escuelas de adultos) con códigos diferentes en las materias o asignaturas.

VI.- Búsqueda de vacantes 

Las vacantes (titularidades, suplencias e interinatos) se buscan en el CIDI, Junta de Clasificación Secundaria, gestionar vacantes, consulta de vacantes. Se debe ingresar al menos 2 parámetros para obtener resultados, tal como muestra la foto siguiente:

Observada una vacante que nos interesa, debemos concurrir al establecimiento educativo a inscribirnos: “Durante la publicación y hasta el cuarto día, en la 1ª hora hábil del turno del Nivel en que funciona el Establecimiento Educativo, la Dirección del Establecimiento recepta la inscripción de TODOS los aspirantes” Luego, debemos concurrir en la fecha en que se nos indique para que se nos notifique del puntaje y saber quien se quedara con el cargo o espacio curricular. 

VII.- Ejemplo de convocatoria única para suplencias según Instructivo 2021/2022



VIII.- Cursos con Puntaje

Los cursos con puntaje son aquellos que tienen resolución por parte de la Red Provincial de Formación Docente Continua de la Provincia de Córdoba. Los cursos del INFoD (Instituto Nacional de Formación Docente) que se imparten a través de la plataforma Juana Manso, algunos si otorgan puntaje, cuando son tutorizado y con carga horaria de entre 40 y 60 horas reloj (los autoasistidos NO dan puntaje). Por último, los Seminarios del ISEP (Intitulo Superior de Estudios Pedagógicos) si otorgan puntaje.

Como dijéramos antes, el puntaje surge de multiplicar la carga horaria del curso o seminario por 0.017. Dos seminarios, por ejemplo, de 50 horas cada uno dan un puntaje de 1.7 (100 horas por 0.017). Esto esta normado en el artículo 10 Decreto 257/2019.

IX.- Fechas para la apertura de legajo, agregado de antecedentes e inscripciones de aspirantes a cargos y asignaturas

Al momento de esta nota (enero de 2022) aún no se sabe la modalidad ni la fecha concreta o exacta para la apertura de legajos, el agregado de antecedentes o para llevar a cabo las inscripciones de aspirantes a cargos y asignaturas en 2022 (con efecto en 2023) Creemos que se repetirá el sistema virtual un online del año 2021:

1.- En el año 2021, dichos trámites se pudieron realizar entre el 28/07/2021 y el 18/08/2021, inclusive, con una prórroga posterior de algunos días, más precisamente, hasta el 22 de agosto.   

2.- En años anteriores al 2021 (que fue manera presencial, salvo las inscripciones, que desde hace mucho son de manera virtuales) el registro del título se podía hacer entre el primer día hábil de la segunda quincena del mes de febrero y el último día hábil del mes de noviembre de cada año, en la calle salta Nro. 74 (Junta de Clasificación). En ese momento y bajo ese sistema presencial era importante para que el titulo figure el año siguiente al del registro, que se registrara en el periodo para la apertura de legajos y agregados de antecedentes (de febrero a abril generalmente). Así, en un mismo día se registraba el título en una oficina y realizo la apertura de legajo en otra oficina. En el año 2019, las inscripciones fueron desde el 4 al 26 de abril, inclusive.  

X.- Link de Paginas

Junta de Clasificación Secundaria de Córdoba

CIDI (Ciudadano Digital)

Sección Normativas del Blog del Docente

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Comentarios

  1. Me queda la duda de las diferencias entre 1º convocatoria, 2º convocatoria y convocatoria única. En cuáles me puedo anotar como suplente si quedé fuera de las LOM de mis 3 instituciones y las 15 materias? Gracias!

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    Respuestas
    1. Hola Juan, fíjate en el Instructivo administrativo, desde la página 6, está en legislación de este BLOG. En primera y segunda convocatoria no te podes presentar como suplente porque es para titularidades.
      1.- PRIMERA CONVOCATORIA PARA TITULARIDADES (se pueden inscribir solo los que figuren en la L.O.M. del Establecimiento Educativo): son horas titulares para los docentes anotados en la LOM de la materia o cargo en esa escuela. Si hay acrecentamiento, concentración, etc., ellos tienen prioridad.
      2.- SEGUNDA CONVOCATORIA PARA TITULARIDADES (se utiliza lista única provincial, es decir la LOM provincial): cuando no se logra cubrir el cargo o materia en primera convocatoria para titularidades, y es para aquellos docentes que están anotados en esa materia, sin necesidad que estén anotados en la escuela donde se hace la convocatoria.
      3.- CONVOCATORIA ÚNICA PARA INTERINATOS (Docentes inscriptos en la L.O.M. de la escuela Y Docentes inscriptos en la L.O.M. provincial). Idem que el punto 4.
      4.- CONVOCATORIA ÚNICA PARA SUPLENCIAS (Docentes inscriptos en la L.O.M. de la escuela y Docentes inscriptos en la L.O.M. provincial). En este caso, tiene prioridad el docente que trabaje en la escuela y que esté inscripto en la L.O.M. de la escuela correspondiente al espacio curricular o cargo que se publicó, luego sigue la LOM de la escuela (inscripto allí, pero no trabajan allí) y después LOM provincial. Cualquier agente que esté anotado en esa materia o cargo puede postularse.
      Figurar en la LOM Provincial implica que estas inscripto por lo menos en algún colegio en la materia en la que te vas a inscribiera en la convocatoria (aunque sea en uno distinto al que te presentas en dicha convocatoria).

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