Se creó el Programa de Lucha contra la Ludopatía Online cuyas autoridades de aplicación serán el Ministerio de Salud y el de Educación de la Pcia. De Córdoba

                               Se creó el Programa de Lucha contra la Ludopatía Online en la Pcia. De Córdoba

Introducción

Este 17 de Octubre/2024 se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba la Ley N° 10.987, por la cual se creó el “Programa de Lucha contra la Ludopatía Online” con el objeto de abordar integralmente, de modo preventivo y reparador, los impactos negativos derivados de la misma a fin de proteger y garantizar, entre otros, el derecho a la salud de nuestros niños, niñas y adolescentes de la provincia de Córdoba, reconocidos en la Constitución Nacional, la Constitución Provincial y las Convenciones Internacionales de Derechos Humanos.

Objetivos del Programa

a).- Prevenir sobre los impactos negativos que genera la ludopatía online.

b).- Abordar la problemática de la ludopatía online de modo integral e interdisciplinario.

c).- Articular convenios con instituciones, organizaciones de la sociedad civil, centros profesionales de salud e instituciones educativas, tanto públicas como privadas, a los fines de cumplir el Programa e intercambiar estadísticas de atención de nuestros niños, niñas, adolescentes y familias.

d).- Establecer la sistematización de los casos de ludopatía online en niños, niñas y adolescentes a los fines de diagnosticar y promover recomendaciones de acciones positivas tendientes a prevenir y remediar.

e).- Concientizar a las familias, niños, niñas y adolescentes, mediante actividades, cursos, campañas, seminarios, entre otros, en el ámbito educativo, formal e informal, público o privado.

f).- Difundir a través de una campaña de sensibilización e información sobre los flagelos de la ludopatía online.

g).- Crear un servicio de atención gratuita, en todas sus modalidades, que garantice información y asesoramiento, y centros de atención respecto a la ludopatía online.

Autoridades de Aplicación

El Ministerio de Salud y el Ministerio de Educación de la provincia de Córdoba serán las Autoridades concurrentes de Aplicación del nuevo programa.

Reglamentación de Ley

Por último, se aclara que la Ley deberá ser reglamentada dentro del plazo de noventa días, contados a partir de su publicación. La reglamentación se realiza a través del uno o más decretos del Poder Ejecutivo (Gobernador). Posteriormente, tanto el Ministerio de Salud como el de Educación, pueden emitir resoluciones para hacer operativo el programa.

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