Se creó el Programa de Lucha contra la Ludopatía Online cuyas autoridades de aplicación serán el Ministerio de Salud y el de Educación de la Pcia. De Córdoba
Introducción
Este 17 de Octubre/2024 se publicó en
el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba la Ley N° 10.987, por la cual se creó
el “Programa
de Lucha contra la Ludopatía Online” con el objeto de abordar
integralmente, de modo preventivo y reparador, los impactos negativos derivados
de la misma a fin de proteger y garantizar, entre otros, el derecho a la salud
de nuestros niños, niñas y adolescentes de la provincia de Córdoba, reconocidos
en la Constitución Nacional, la Constitución Provincial y las Convenciones
Internacionales de Derechos Humanos.
Objetivos del Programa
a).- Prevenir sobre los impactos negativos
que genera la ludopatía online.
b).-
Abordar la
problemática de la ludopatía online de modo integral e interdisciplinario.
c).-
Articular convenios
con instituciones, organizaciones de la sociedad civil, centros profesionales
de salud e instituciones educativas, tanto públicas como privadas, a los fines
de cumplir el Programa e intercambiar estadísticas de atención de nuestros
niños, niñas, adolescentes y familias.
d).-
Establecer la
sistematización de los casos de ludopatía online en niños, niñas y adolescentes
a los fines de diagnosticar y promover recomendaciones de acciones positivas tendientes
a prevenir y remediar.
e).-
Concientizar a las
familias, niños, niñas y adolescentes, mediante actividades, cursos, campañas,
seminarios, entre otros, en el ámbito educativo, formal e informal, público o
privado.
f).-
Difundir a través de
una campaña de sensibilización e información sobre los flagelos de la ludopatía
online.
g).- Crear un servicio de atención gratuita,
en todas sus modalidades, que garantice información y asesoramiento, y centros
de atención respecto a la ludopatía online.
Autoridades de Aplicación
El Ministerio de Salud y el Ministerio
de Educación de la provincia de Córdoba serán las Autoridades concurrentes de
Aplicación del nuevo programa.
Reglamentación de Ley
Por último, se aclara que la Ley deberá
ser reglamentada dentro del plazo de noventa días, contados a partir de su
publicación. La reglamentación se realiza a través del uno o más decretos del Poder
Ejecutivo (Gobernador). Posteriormente, tanto el Ministerio de Salud como el de
Educación, pueden emitir resoluciones para hacer operativo el programa.
Nuestras REDES SOCIALES
INSTAGRAM: Novedades para Docentes de Córdoba
Grupo en FACEBOOK: Primeros Pasos Docentes y Profesores/as
de Nivel Medio de Córdoba
Página de FACEBOOK: Novedades para Docentes de Nivel Medio de Córdoba
Comentarios
Publicar un comentario