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Mostrando las entradas de julio, 2023

Docencia de Nivel Medio en la Pcia. De Córdoba: breve guía para quienes van a agregar antecedentes e inscribirse por primera vez en el año 2024

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Introducción El ingreso a la docencia en el sistema público de Nivel Medio en la Provincia de Córdoba es de “ un año para otro” . Generalmente las inscripciones y el agregado de antecedentes (título, cursos, etc.) son en abril/mayo de cada año. Como en 2023 esto ya sucedió, es necesario realizarlo en 2024 para figurar en las Listas de Orden de Mérito (LOM) del 2025. Todo se hace virtualmente a través del CIDI (Ciudadano Digital), en el apartado o servicio denominado “Junta de Clasificación Secundaria” , para cual se debe crear una cuenta y/o registrarse en dicha plataforma. Legalización de TÍTULOS TERCIARIOS emitidos en otras provincias y/o jurisdicciones Cuando un aspirante debe presentar en la Provincia de Córdoba un título terciario emitido en otra en otra provincia, es necesario legalizarlo en el Ministerio de Educación de esta provincia, situado en la calle Rosario De Santa Fe 650, PB, Edificio Bajo, B° Centro, Córdoba Capital. Allí, se sella y firma el título en la parte po

Participación de convocatorias a cubrir vacantes cuando los docentes estás en uso de licencias o apartados por cuestiones disciplinarias

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Participación de convocatorias en uso de Licencia por razones médicas y ART El régimen de Licencias para personal docente de establecimientos educativos dependientes del gobierno de la provincia de Córdoba está previsto, principalmente, en la Ley n° 4.356. De acuerdo a su artículo n° 3, las Licencias por Enfermedades o Accidentes Inculpables (es decir, las no laborales) en Docentes Titulares e Interinos , pueden ser de 2 tipos: I.- Las de Largo Tratamiento : corresponden hasta 730 días continuos o discontinuos (2 años). Para volver a hacer uso de la misma, deberán transcurrir 3 años sin uso de licencia. II.- Las de Corto Tratamiento : corresponden 60 días al año continuos o discontinuos. Tener presente que el año se considera aniversario, es decir, del 1°   de enero al 31 de diciembre. En lo que respecta a los Docentes Suplentes , las Licencias remuneradas por Enfermedad o Accidentes Inculpables no pueden exceder el total de 30 días por año aniversario, computado desde su